El Servicio Electoral comunicó a las colectividades el nuevo instructivo que aplicará a la revisión de los balances 2019 de los partidos, con un plan de cuentas específico para cada ingreso y/o gasto.
El Servicio Electoral de Chile (Servel) actualizó la normativa para que los partidos políticos informen sobre su contabilidad, con directrices que serán exigibles en las cuentas y balances que las colectividades presenten a partir de abril de 2020, relativas al balance 2019.
Las modificaciones a la normativa surgen como una manera de orientar a los partidos políticos en el uso correcto y transparente de los recursos públicos que reciben en el marco la Ley 20.900. Durante 2018 el Servicio Electoral llevó a cabo un proceso de análisis que derivó en el trámite consulta dispuesto en la Ley, al Tribunal Calificador del Elecciones (Tricel), y que culminó con la aprobación de las actualizaciones por parte del Consejo Directivo del Servel.
“Estos nuevos lineamientos vienen a precisar distintos aspectos de la contabilidad de los partidos, de manera que puedan avanzar en su profesionalización en la materia”, destacó el Director del Servel, Raúl García, y comentó que el Servicio realizará un proceso de acompañamiento a las colectividades para que integren estos estándares y puedan dar cumplimiento a las exigencias legales: “Nuestro interés es que, resguardando la autonomía que tienen las colectividades, éstas mejoren la elaboración de sus cuentas y rendiciones, pero, más importante aún, es que aquellas que reciben financiamiento público puedan ajustarse a los gastos que se describen en el artículo 40 de la Ley de Partidos Políticos”.
Una de las novedades del instructivo, que se comunicó a las colectividades el 28 de marzo pasado, es la adecuación obligatoria a las normas IFRS-PYME (International Financial Reporting Standard), tanto en la presentación como en la preparación de la información contable de los partidos, salvo en aquellos aspectos que se expresan en el nuevo plan de cuentas que se les exigirá, el cual distingue nítidamente la fuente de financiamiento de cada uno de los gastos, sea financiamiento público o de origen privado.
Con ello, se busca homologar la información contable que reportan las colectividades, para hacer más eficiente la fiscalización y auditoría de ésta, mejorar los indicadores de transparencia de los partidos y velar por el buen uso de los recursos públicos que reciben de manera trimestral.
Como una manera de garantizar la calidad e independencia contable, el profesional del partido que firme todos los documentos contables deberá estar acreditado en la citada norma. Del mismo modo, la empresa que realice el informe de auditoría externa deberá estar inscrita en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero y, conforme al principio de independencia consagrado en las normas internacionales de auditoría, no podrá estar relacionado ni como adherente, o afiliado al partido a examinar.
Cabe recordar que, en el marco del ciclo contable 2018, los partidos podrán entregar al Servicio sus balances hasta el viernes 30 de abril a las 13:00 horas, cuya fiscalización se realizará aún de acuerdo con los criterios dispuestos en las instrucciones anteriores.
Aporte fiscal trimestral para partidos políticos.
El Servicio Electoral, publicó el pasado 10 de abril la resolución que determina el segundo aporte fiscal trimestral para los 20 partidos que al 31 de marzo de 2019 se encontraban constituidos, cuyo monto asciende a la suma de $1.615.147.139. Según la legislación vigente, dicho aporte es entregado a aquellos partidos que cumplen con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.
Fuente: Servel