El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, dictó auto de procesamiento por los secuestros calificados y homicidios calificados de 11 miembros de Grupo de Amigos Personales del Presidente Salvador Allende (GAP), detenidos el 11 de septiembre de 1973, en las inmediaciones del Palacio de La Moneda.
En la causa, el ministro Vázquez procesó al general en retiro de la Fuerza Aérea Vicente Rodríguez Bustos y al general en retiro de Carabineros Patricio de la Fuente Ibar, por su responsabilidad en los secuestros calificados de Domingo Blanco Tarrés y José Carreño Calderón; y en los homicidios calificados de Gonzalo Jorquera Leyton, Carlos Cruz Zavala, Luis Gamboa Pizarro, Pedro Garcés Portigliati, Óscar Marambio Araya, Edmundo Montero Salazar, Jorge Orrego González, William Ramírez Barría y Enrique Ropert Contreras.
La investigación -hasta esta etapa procesal- ha permitido tener por acreditada la siguiente secuencia de hechos:
“a) Que durante el mandato del Presidente Salvador Allende Gossens, se formó un dispositivo de seguridad integrado por hombres jóvenes, armados y con instrucción paramilitar en algunos casos, conocido como GAP o “amigos personales del Presidente”, y que a este grupo pertenecían, entre otros: José Belisario Carreño Calderón, Carlos Cruz Zavala, Luis Gamboa Pizarro, Pedro Juan Garcés Portigliati, Gonzalo Mario Jorquera Leyton, Óscar Marambio Araya, Edmundo Montero Salazar, Jorge Osvaldo Orrego González, William Ramírez Barría y Domingo Blanco Tarrés, siendo este último uno de los jefes de este dispositivo. Por su parte, Enrique Ropert Contreras, a la época era un estudiante universitario, hijo de Miria Contreras, la secretaria privada del Presidente Allende.
b) Que en la madrugada del día 11 de septiembre de 1973, los Comandantes en Jefe del Ejército Augusto Pinochet Ugarte y de la Aviación Gustavo Leigh Guzmán; el Almirante de la Armada José Toribio Merino Castro y el General de Carabineros de Chile César Mendoza Durán, procedieron a dar un golpe de Estado en contra del gobierno del entonces Presidente Salvador Allende Gossens, a consecuencia de lo cual, el Primer Mandatario, que se encontraba en la residencia presidencial de calle Tomás Moro, se trasladó acompañado de un grupo de sus escoltas y de Carabineros al Palacio de La Moneda.
c) Que en conocimiento que se estaba desarrollando un golpe de Estado, el jefe del GAP, Domingo Blanco Tarrés, que estaba pernoctando en la residencia presidencial de Cañaveral, se trasladó junto a los miembros de dicha agrupación, individualizados en el acápite primero, acompañados de la secretaria del Presidente, Miria Contreras Bell y sus hijos Max y Enrique Ropert Contreras, a la residencia de Tomás Moro, a juntarse con el Presidente Allende; al llegar a dicho lugar, se enteraron que éste ya se había retirado con destino a La Moneda, por lo que Blanco Tarrés junto a los demás escoltas se trasladaron en una camioneta desde Tomás Moro con destino a La Moneda, lo mismo hizo Miria Contreras y su hijo Enrique Ropert Contreras, en una renoleta, quedándose Max Ropert en Tomás Moro.
d) Que al llegar al centro de la ciudad e ingresar por calle Morandé, cerca de los estacionamientos de los vehículos de La Moneda, Blanco Tarrés junto a los nombrados José Belisario Carreño Calderón, Carlos Cruz Zavala, Luis Gamboa Pizarro, Pedro Juan Garcés Portigliati, Gonzalo Mario Jorquera Leyton, Óscar Marambio Araya, Edmundo Montero Salazar, Jorge Osvaldo Orrego González y William Ramírez Barría, se bajaron con sus armas, motivo por el cual fueron conminados a entregarlas por Carabineros pertenecientes al Grupo Móvil dirigidos por un Oficial que pertenecía a la Prefectura ubicada en la Intendencia de Santiago; debido al incidente Miria Contreras Bell, que llegó cuando se produjo la detención, le solicitó a su hijo Enrique Ropert Contreras que averiguase lo sucedido, sin embargo fue detenido por las Fuerzas Policiales y Miria Contreras trató de evitar la detención, sin resultado positivo, logrando esta última escapar hacia La Moneda; siendo trasladados todos los integrantes de la guardia personal del Presidente Allende junto a Enrique Ropert Contreras a las dependencias de la Prefectura Policial del interior de la Intendencia, sin que las intervenciones desde el Palacio Presidencial y del Director de Carabineros, a ese momento, tuvieran éxito en obtener la liberación de los detenidos.
e) Que el grupo fue conducido a la Intendencia, donde permanecieron unas horas, siendo subidos posteriormente por orden del Coronel Carlos Hinrichsen González, jefe del Grupo Móvil, a un bus de Carabineros y llevados a la Sexta Comisaría de Santiago, Unidad Policial hasta donde llegó primeramente Pedro Espinoza Bravo a hablar con el Comisario Jorge Retamal Berríos a efectos de llevarse consigo a los detenidos, lo que fue negado debido a la falta de una orden escrita, llegando más tarde hasta la Comisaría un Mayor de Inteligencia de la FACH, premunido de una orden escrita de un Consejo de Guerra, quien se lleva consigo a este grupo de detenidos.
f) Que todo o parte de este grupo de prisioneros fueron trasladados el día 12 o 13 de septiembre de 1973 al Cuartel Central de la Policía de Investigaciones, donde fueron sometidos a interrogatorios, entre los que se sabe con certeza que estaba Domingo Blanco Tarrés, el que luego fue ingresado a la Cárcel Pública el día 15 de septiembre de 1973 por orden de la Segunda Fiscalía Militar, desde donde fue sacado en varias oportunidades y llevado a una Fiscalía Militar, donde era sometido a torturas, interrogatorios y careos con otros miembros del GAP y que egresó el día 19 de septiembre, estableciéndose por los registros de dicho recinto penitenciario, que fue igualmente por orden de la Segunda Fiscalía Militar, perdiéndose todo rastro de dicha persona desde esa fecha, del que no se sabe su destino hasta el día de hoy.
En cambio, los restos de José Belisario Carreño Calderón, que en un principio fueron identificados como de dicha persona en los encontrados el 19 de septiembre de 1973 en el puente Bulnes, con posterioridad se descartó de acuerdo a examen de ADN que correspondieran a dicha persona, por lo que desde la fecha en que fue trasladado a la Sexta Comisaría de Carabineros y retirado por un Oficial de Inteligencia de la FACH, se desconoce su paradero hasta el día de hoy.
g) Que los cuerpos de Enrique Ropert Contreras, Carlos Cruz Zavala, Gonzalo Jorquera Leyton, Jorge Orrego González, Luis Gamboa Pizarro, Óscar Marambio Araya, Edmundo Montero Salazar y William Ramírez Barría, fueron encontrados el día 19 de septiembre de 1973 en las riberas del río Mapocho, en el sector del Puente Bulnes, e ingresados el día 20 de septiembre de 1973 al entonces Instituto Médico Legal, según dan cuenta sus protocolos de autopsia y actas de recepción de cadáveres.
En relación a Pedro Juan Garcés Portigliati, se encuentra acreditado en autos que su cadáver ingresó al Instituto Médico Legal, sin constar respecto de él ningún informe de autopsia o acta de recepción de cadáveres, encontrándose esta víctima entre las identificadas por exámenes de ADN realizados a los restos encontrados en Patio 29.
h) Que a la fecha, y según la información allegada a la causa, se encuentran identificados por exámenes de ADN realizados en laboratorios extranjeros practicados en los restos óseos encontrados en la fosa común de Patio 29 del Cementerio General, las víctimas: Pedro Juan Garcés Portigliati, Óscar Marambio Araya, Jorge Osvaldo Orrego González, William Ramírez Barría, Edmundo Montero Salazar, Luis Gamboa Pizarro y Carlos Cruz Zavala. Además, por la autopsia de la época y registros de entierro, se encuentra establecido que los restos de Enrique Ropert Contreras y de Gonzalo Mario Jorquera Leyton, fueron reconocidos y entregados a sus familias en los días posteriores a ocurridos los hechos”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.