Durante la fiscalización realizada esta mañana a centros de estética ubicados en las comunas de Providencia y Santiago Centro, la Autoridad Sanitaria Dr. Carlos Aranda junto al equipo de Profesiones Médicas de la Seremi de Salud RM., detectaron irregularidades en el funcionamiento de algunos centros de estética que actualmente están promocionando ofertas a través de internet y correos electrónicos. Durante la inspección, los centros no acreditaron la Autorización Sanitaria ni las competencias de sus trabajadores para desempeñar funciones en el manejo de equipos de uso estético.
La Seremi de Salud RM., ha fiscalizado a la fecha 22 centros de estética y ha prohibido el funcionamiento a 9 de ellos, principalmente por no contar con autorización sanitaria en salas de procedimientos, las que utilizan diversos tipos de máquinas, lo que se encuentra regulado por el Decreto Supremo 283/97.
La mayoría de estos centros ofrecen promociones con descuentos especiales, a través de internet. “Hemos detectado que más del 50% de estos centros que ofrecen este tipo de descuentos no disponen de las autorizaciones sanitarias correspondientes. Nuestro objetivo es proteger a la población, asegurándonos que estos centros cumplan con la normativa sanitaria. Los usuarios, a su vez deben exigir a estos establecimientos la documentación que les acredita para funcionar y que debe estar visible en cada uno de estos lugares”, señaló la Autoridad Sanitaria.
La Autoridad Sanitaria inició una campaña de fiscalización a este tipo de los centros, que continuará hasta cubrir el 100% de ellos para que regularicen su situación y con ello prevenir problemas a la salud de la población que acude a estos establecimientos.
La Autoridad Sanitaria Metropolitana precisó que “los establecimientos a los que se les aplica prohibición de funcionamiento no pueden abrir sus locales hasta que regularicen su situación. Además, se exponen a sanciones que oscilan entre las o1, a 40 UTM”. El año 2014 fueron sumariados 40 estos institutos y a 5 de ellos se les aplicó prohibición de funcionamiento y al resto sanciones menores.
En toda la Región Metropolitana funcionan 660 centros de estética, que se dedican a la estética femenina conservación y embellecimiento de la piel normal y sus anexos, o bien a atenuar sus imperfecciones, mediante sistemas naturales o el uso de productos cosméticos.
Seremi agregó que “entre otras irregularidades detectadas figuran no contar con la acreditación de competencia de sus cosmetólogas; baños funcionando con calefón en su interior y extractor de aire en mal estado y extintores con carga vencida, situación que también nos preocupa como Autoridad sanitaria”.
Dentro de estos centros también están consideradas las salas de procedimiento de depilación láser, fiscalizadas para verificar su autorización de funcionamiento y acreditar la competencia de profesional kinesióloga.
Es importante destacar que los usuarios de los centros de estética pueden ingresar a la página de la Superintendencia de Salud www.supersalud.gob.cl e ingresar los datos de los profesionales para acreditar su calidad de tales (carné de identidad o nombre completo”.
FUNCIONES DE ESTOS INSTITUTOS
En este tipo de entidades sólo pueden ser atendidas personas sanas o asintomáticas y que persigan fines estéticos o de belleza y están autorizados para realizar los siguientes procedimientos:
Higiene cutánea y limpieza capilar, mediante calor seco, vapor y productos de tocador, persiguiendo la eliminación de restos de secreción sudoral, sebácea, residuos (del metabolismo) celulares, polvo ambiental y materias extrañas.
Protección contra contactos irritantes provenientes del medio ambiente, mediante cremas o sustancias catalogadas dentro de los cosméticos; fines decorativos o estéticos, mediante el empleo de técnicas de maquillaje y afeites Asimismo, en los institutos de belleza y similares podrán utilizarse procedimientos como: Masaje manual o mediante sistemas vibratorios y aplicación de luz ultravioleta.
Además, en relación a los cosméticos que tiene el instituto de belleza, su uso está sujeto a las normas establecidas, en el reglamento respectivo, en todo lo referente a importación, elaboración, fabricación, distribución y venta de productos cosméticos.
También se prohíbe, en estos establecimientos, el empleo de aparatos o máquinas vibratorias que funcionen eléctricamente, así como de aparatos para masajes, si se considera que son de utilización médica exclusiva o bien y si se estima que su utilización o manipulación representa algún peligro o riesgo para las personas que reciben la atención. A su vez, los aparatos productores de luz ultravioleta usados no podrán ser de una potencia superior a 500 watts.
En los institutos de belleza las actividades de embellecimiento las debe ejecutar la cosmetóloga, que se encuentra habilitada con registro otorgado por la Seremi, actividad regulada por el Decreto Supremo 88/80. Además, se prohíbe practicar en los institutos de belleza o similares depilación eléctrica.
En relación a los institutos de belleza, no se debe olvidar que los procedimientos depilación láser se deben realizar en salas de procedimientos anexo a consulta médica o bajo la supervisión de médico pero ejecutado por profesional de la salud.
Fuente: Seremi Salud RM.