- Trabajadores que deban laborar el día 13 de junio y no sean autorizados para concurrir a votar podrán denunciar en el teléfono 600 450 4000.
La Dirección Regional del Trabajo (DT) informó que el próximo domingo 13 de junio fiscalizará el permiso de 2 horas para concurrir a votar en la segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales y el cierre de malls y centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.
Además de Coquimbo, otras 12 regiones del país también estarán este domingo en el nuevo proceso eleccionario para elegir a la máxima autoridad regional. En efecto, habrá segunda vuelta de elección de Gobernador en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. En todas ellas, al igual que en la región de Coquimbo, se efectuarán las fiscalizaciones necesarias para vigilar el cumplimiento de los derechos que les asisten a los trabajadores en su condición de ciudadanos electores.
En todo caso los trabajadores que presten servicios en regiones en que no se realizarán elecciones y que deban votar en una región en que sí haya comicios, cuenta de igual manera con el permiso de dos horas para poder concurrir a su lugar de votación.
En este sentido el Seremi del Trabajo, Matías Villalobos, explicó que “la ley consagra el derecho de los trabajadores a ausentarse hasta por dos horas de sus lugares de trabajo para ejercer su derecho a sufragio, sin que eso genere un menoscabo en sus remuneraciones; y en aquellos caos que los trabajadores no sean autorizados por su empleadores pueden hacer las denuncias por las vías habilitadas por la Dirección del Trabajo”.
Las denuncias por eventuales incumplimientos de esos derechos legales podrán hacerse entre las 9 y las 14 horas de ese domingo a través del Canal de Atención Telefónica, digitando el número 600 450 4000.
Mientras que el director regional, Rodrigo Fernández Portaluppi señaló que “estamos en una elección muy importante para la región y es necesario conocer la decisión que en conciencia cada trabajador elector ha tomado. Es por eso que la ley establece estos derechos para todos los trabajadores y es, en consecuencia, un deber legal, pero también moral, el que los empleadores respeten y cuiden estos derechos, así estarán cumpliendo con el fortalecimiento de la democracia, pero también estarán haciéndose cargo de la responsabilidad que la ley les impone para con sus propios trabajadores”.
En el caso del comercio, la norma legal imperante durante esta jornada electoral también considera el feriado obligatorio para sus trabajadores, específicamente para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros con varios locales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.
Quedan exceptuados de esta norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Dos horas para sufragar
Aquellos trabajadores que les corresponda prestar servicios el día domingo 13 de junio tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso de dos horas para sufragar, sin que ello pueda implicar un menoscabo en sus remuneraciones.
Permiso laboral en los días de las elecciones
Aquellos trabajadores que el día 13 de junio deben trabajar, pero al mismo tiempo han sido designados vocales de mesa receptoras de sufragios, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, deberán recibir los permisos de sus empleadores para cumplir con tales responsabilidades cívicas sin descuento de sus remuneraciones.
Cierre de malls y centros comerciales
El organismo fiscalizador informó que los malls y centros comerciales con administración única de las regiones donde se efectuarán los comicios deberán permanecer cerrados por regir en esa jornada el feriado obligatorio e irrenunciable para sus trabajadores.
El inicio del feriado será a las 21:00 horas del sábado 12 y terminará a las 6:00 horas del lunes 14. Lo anterior, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación en los turnos de trabajo.
Sanciones
Las multas a las que se exponen los empleadores que incumplan las normas legales ya señaladas son las siguientes:
No otorgar permiso de 2 horas para votar:
- Empresas con entre 1 y 49 trabajadores: 9 UTM.
- Empresas con entre 50 y 199 trabajadores: 30 UTM.
- Empresas con 200 y más trabajadores: 40 UTM.
No otorgar permiso para ser vocal de mesa, miembro de colegio escrutador o delegado ante la Junta Electoral:
- Empresas con entre 1 y 49 trabajadores: 9 UTM.
- Empresas con entre 50 y 199 trabajadores: 30 UTM.
- Empresas con 200 y más trabajadores: 40 UTM.
No respetar cierre de malls y centros comerciales:
- Empresas con entre 1 y 49 trabajadores: 10 UTM.
- Empresas con entre 50 y 199 trabajadores: 40 UTM.
- Empresas con 200 y más trabajadores: 60 UTM.
Fuente: Ministerio del Trabajo.