“La obra debe ser entregada previo acuerdo y a solicitud expresa de la comunidad educativa, sin que su contenido pueda ser impuesto de forma obligatoria” dice el fallo de la Corte Suprema.
Con fecha 19 de mayo la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en relación al cuento “Nicolás tiene dos papás”. El fallo del máximo tribunal es categórico y aunque rechazó los recursos de protección contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), fijó requisitos para la distribución del cuento al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH).
El breve fallo de la Corte Suprema dice expresamente que “la obra debe ser entregada previo acuerdo y a solicitud expresa de la comunidad educativa, sin que su contenido pueda ser impuesto de forma obligatoria“. Ello, pues, ya la Corte de Apelaciones de Valparaíso había decretado que la Declaración Universal de Derechos Humanos “reconoce a los padres el derecho preferente de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos, lo que implica un ejercicio de objeción de conciencia frente a los ataques y violaciones en contra del derecho paterno”. Ambos tribunales advirtieron el peligro que involucra que el Movilh esté autorizado para una distribución libre, sin controles ni requisitos, del cuento infantil. Por eso la Corte Suprema confirmó las condiciones fijadas por la Corte de Valparaíso.
Desde la ONG Comunidad y Justicia, quienes representaron a una de las madres recurrentes cuyo hijo tiene solo dos años y asiste a un jardín infantil de la JUNJI, se mostraron satisfechos con el fallo. El Director Ejecutivo de la organización de derechos humanos, Ruggero Cozzi Elzo, afirma que “esta sentencia asegura un mínimo de respeto a la libertad de conciencia y al derecho preferente de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones morales o religiosas. El Movilh no puede distribuir el cuento sin que se lo solicite la comunidad educativa. La Corte fue clara en exigir que sean los papás y mamás quienes lo soliciten, previa y expresamente, en conjunto con los profesores de párvulo y director de cada establecimiento. Lo importante es que no se puede pasar por encima de los padres en la educación moral y religiosa de sus hijos”.
Sin embargo, desde la ONG advierten que el fallo no deja claro quién deberá fiscalizar que estos requisitos se cumplan por el Movilh. Hasta ahora nadie lo está controlando, ni la JUNJI ni la Superintendencia de Educación, por lo que es posible que muchos apoderados ni siquiera se les haya consultado si están a favor o en contra de que el cuento “Nicolás tiene dos papás” se le lea a sus hijos. Desde Comunidad y Justicia afirman que se reunirán con las autoridades educacionales para aclarar cómo se fiscalizará que se cumplan los requisitos para la distribución del cuento y que se respeten los derechos de los apoderados y párvulos.
Contacto: Ruggero Cozzi Elzo, Director Ejecutivo ONG Comunidad y Justicia
Teléfono: 22076389 / 81579592