- El Servicio, luego de analizar los contratos de adhesión de los bancos que otorgan créditos hipotecarios, detectó que éstos ofrecían un plazo a los consumidores para pagar el dividendo, entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si éste se atrasaba en el pago, los intereses eran cobrados desde el primer día de dicho mes. Es por esto, que el organismo inició una serie de mediaciones colectivas para eliminar esta práctica.
- Se resolvió restituir retroactivamente cobros aplicados a los consumidores.
Tras analizar los informes de las auditorías que certificaron que los Bancos Corpbanca y Bice cumplieron con el acuerdo, el SERNAC anunció el término de la implementación de la propuesta de solución, acordada durante las mediaciones colectivas iniciadas con estas empresas en marzo de 2014, luego de detectar una serie de cobros de intereses moratorios irregulares en los contratos de créditos hipotecarios.
El cierre de las mediaciones colectivas logró eliminar las cláusulas abusivas que contenían los contratos, en los cuales se les otorgaba a los consumidores a un plazo para pagar el dividendo entre el primer y décimo día de cada mes, pero si un consumidor se atrasaba en el pago, los intereses moratorios eran cobrados desde el primer día de dicho mes. Es decir que los bancos, en un primer momento, entregaban un plazo para pagar para luego desconocerlo y aplicar una sanción a su favor.
Además de eliminar las cláusulas se logró compensar a los consumidores y se acordó la restitución de los intereses moratorios que se hubiesen cobrado a los consumidores, entre el día 1 y día 10 del mes respectivo, reajustados hasta el día efectivo de su restitución.
El Director Nacional del SERNAC, Ernesto Muñoz, indicó que “este acuerdo extrajudicial significó no sólo buscar una solución de cara a los consumidores, sino que además se pudo comprobar que las empresas cumplieron con lo acordado, a través de la auditoría externa”.
CORPBANCA
El SERNAC acreditó que Corpbanca cumplió íntegramente la propuesta de solución aprobada, la cual comprendió esencialmente la restitución de los intereses moratorios que se hubiesen cobrado a los consumidores, entre el día 1 y 10 del mes. Este proceso comprendió un año hacia atrás, desde febrero de 2014, fecha en que cesó esta práctica, puesto que el proveedor modificó sus contratos en esa fecha.
Los resultados de esta mediación alcanzaron a un total de 10.646 consumidores, habiéndose restituido a los afectados una suma cercana a los 30 millones de pesos en total. El SERNAC hace un llamado a los clientes afectados, que aún no han ido al banco a retirar el vale vista, que se acerquen a alguna de las sucursales de la empresa. Estos documentos se encuentran disponibles para que sean cobrados por los consumidores afectados, sin perjuicio de estar sujetos a caducidad, de acuerdo a lo establecido por la normativa de la SBIF
BICE
El SERNAC ratificó que Banco Bice cumplió con la aplicación de la propuesta de solución, la cual consistía en ajustar el texto de los contratos de mutuos hipotecarios y la realización de modificaciones técnicas y operaciones que permitan el cobro de intereses a partir del día 11.
Además, se acordó una compensación un año hacia atrás desde el 1 de septiembre de 2014 para los consumidores que se vieron afectados por estos cobros irregulares. Esto significa, que un total de 2070 consumidores fueron beneficiados con este acuerdo lo que significa poco más de 15 millones de pesos de restitución de los consumidores. En su oportunidad, el banco ya se contactó con los clientes para pedirles que se acercaran a las oficinas a retirar el vale vista.
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Tras esto, el SERNAC recordó a los consumidores sus derechos en esta materia:
- Derecho a exigir en los contratos de crédito hipotecario una primera hoja resumen con el costo y las principales condiciones.
- Las cotizaciones de créditos hipotecarios no pueden tener una vigencia inferior a siete días hábiles. Es decir, en ese plazo, no le pueden cambiar las condiciones ofrecidas lo que le permite cotizar y comparar con otros oferentes.
- Tiene derecho a ser informado por escrito de las razones objetivas del rechazo a la contratación del crédito hipotecario.
- El consumidor tiene derecho a pedir en cualquier momento información sobre el crédito hipotecario y la institución tiene obligación de responder en un máximo de 3 días. De todas maneras la institución debe informar trimestralmente al consumidor el estado de su crédito.
Fuente: SERNAC.