Frente al oficio presentado a la Contraloría General de la República para determinar la naturaleza jurídica del permiso sabático otorgado a la académica, Dra. Elisa Loncon, me permito señalar lo siguiente:
El permiso sabático fue normado en la Universidad de Santiago de Chile, el 13 de mayo de 1998, según Decreto Nº 372, artículos 1 al 9. Al respecto, el artículo 1º establece que el permiso sabático se otorgará para realizar actividades de investigación, docencia o perfeccionamiento académico o profesional u otras que la Universidad estime pertinente.
La Dra. Loncon se acogió a este decreto, cumpliendo todas las etapas establecidas en el mismo, y se encuentra cumpliendo las actividades comprometidas en su permiso sabático, de acuerdo a todas las exigencias establecidas por esta Universidad.
Dr. Rodrigo Vidal Rojas
Rector
Universidad de Santiago de Chile