La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la Municipalidad de Valparaíso en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), que acogió parcialmente un amparo presentado ante el organismo requiriendo la entrega de información sobre sumarios y otros antecedentes (Rol C1024-22).
La municipalidad había recurrido a esta instancia judicial para oponerse a la decisión del Consejo, alegando la vulneración de la privacidad de los afectados, al obligarlos a entregar antecedentes sobre todos los sumarios iniciados contra funcionarios y ex funcionarios municipales, por maltrato laboral, acoso laboral, acoso sexual y discriminación entre 2017 y 2022. Lo anterior, pese a que el CPLT en su decisión establece que deberán tarjarse todos los datos personales y sensibles de contexto contenidos en la documentación que se entregue.
El Consejo Directivo del CPLT acordó admitir a tramitación este amparo al establecer que “se trata de información de naturaleza pública” y al descartar la causal alegada por la municipalidad de distracción indebida de sus funciones al tratarse de datos que contemplan un período de seis años.
El presidente del Consejo, Francisco Leturia, comentó que: “Hay pocas cosas en las que haya una jurisprudencia tan uniforme como los sumarios por casos de acoso. Deben ser públicos, son de las cosas donde más se justifica la transparencia”.
Agregó que en el caso de la decisión que tomó el Consejo, se desestimó la causal a la que aludió el organismo y comentó que la distracción indebida de las funciones es muy usada por las instituciones, y no solo se debe aludir a ella sino que debe demostrarse.
Sobre las acciones emprendidas por el municipio dijo: “Todo el mundo tiene derecho a ir a los tribunales y defenderse. Pero los órganos del Estado deben tener un estándar mayor. Gastar recursos públicos y ocupar tiempo de tribunales en causas con poco sustento, y que terminan generando dilación y afectando los derechos de la gente, es algo que debería tomarse más en serio”.
“No pretendo ni regañar ni influir en las decisiones de estrategia judicial del municipio, pero me gustaría saber si de verdad las autoridades piensan que las causas por acoso deben mantenerse en la opacidad”, finalizó Leturia.
La municipalidad de Valparaíso tiene un plazo de 5 días desde que sean notificados de la decisión del tribunal para recurrir de queja ante la Corte Suprema.
Fuente: CPLT