Santiago, 21 de diciembre de 2022.- Respecto a la resolución emanada del 7° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C-11.409-2022, que decretó la medida precautoria de suspensión de los actos administrativos consistentes en el Oficio Ordinario N° 637, de 12 de julio de 2022, del Ministerio de Agricultura y la Circular N° 475, de 18 de julio de 2022, del SAG, cabe tener en cuenta lo siguiente:
Tanto el Ministerio de Agricultura como el SAG han acatado la medida de suspensión y a través de la Dirección Nacional del SAG, y se ha instruido a las Oficinas Regionales, mediante una reunión Teams, del 25 de noviembre, lo que además fue ratificado por escrito el 7 de diciembre.
Sin perjuicio de ello, el Consejo de Defensa del Estado ha apelado de la medida de suspensión, asunto que deberá resolver la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago.
Así, cada Dirección Regional del SAG está actualmente resolviendo las solicitudes de certificación de subdivisiones, con prescindencia del Oficio Ordinario N° 637, de 12 de julio de 2022, del Ministerio de Agricultura y la Circular N° 475, de 18 de julio de 2022, del SAG, pero necesariamente con apego a las normas jurídicas de su competencia, y a los procedimientos establecidos en la Ley, asunto que las instrucciones en suspenso también reafirmaban.
El propio Ministro de Agricultura ha declarado reiteradamente en la materia y a diversos medios, que no cabe sino respetar los fallos de los tribunales.
Finalmente, hay que resaltar que antes y después de la medida de suspensión, el SAG ha mantenido continuidad en el proceso de certificación de subdivisiones prediales, siendo 16.413 las solicitudes tramitadas durante el presente año.
Fuente: Ministerio de Agricultura