La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó fallo del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago que rechazó una demanda por Ley 20.609, conocida como Ley Zamudio, por el despido de siete funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), en abril de 2014.
En fallo unánime (causa rol 2466-2015), la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Marisol Moya, Ana Cienfuegos y Tomás Gray- confirmó sin modificaciones, la sentencia que rechazó la demanda por supuesta discriminación política en el término de las contratas.
El 16 de diciembre del año pasado, el juez del 26° Juzgado Civil de Santiago, Humberto Provoste, rechazó la demanda presentada por no lograr acreditar los demandantes que las desvinculaciones fueran discriminatorias.
“Que, en mérito de los antecedentes allegados al proceso, los hechos establecidos en los motivos anteriores y, apreciando la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, arriba el sentenciador a la conclusión que no se ha logrado acreditar por los actores que el ente administrativo para el cual prestaban servicios a contrata, hubiere incurrido en su decisión de ponerles término a sus servicios en una discriminación conforme a los presupuestos del artículo 2º dela Ley Nº 20.609, sino que ha ejercido la facultad que la ley le otorga, lo que llevará en definitiva al rechazo de la demanda, en razón de no haber adquirido convicción respecto de la ocurrencia de una discriminación arbitraria en contra de los demandantes, en la categoría sospechosa de ideología u opinión política; no siendo, por este motivo, necesario realizar el examen de proporcionalidad respecto de los derechos fundamentales en contradicción”, sostiene el fallo de primera instancia.
Fuente: Prensa Poder Judicial.