- Desde ALTO, informan que la nueva regulación recientemente promulgada establece que aquellos establecimientos declarados como Entidades Obligadas, es decir, cuya actividad pueda generar riesgo para la seguridad pública, e incumplan con la normativa, podrían ser multados con hasta 13.500 UTM. En el caso de las empresas de seguridad privada, la prohibición de funcionamiento podría ser por un plazo de entre tres y seis meses.
- ALTO, empresa especialista en disminución de delitos, realizará un seminario virtual este jueves 21 de marzo a las 11:00 horas, para abordar los alcances de la norma. Las inscripciones están abiertas y son totalmente gratuitas.
Después de casi 15 años de tramitación en el parlamento, la ley de Seguridad Privada fue promulgada por el Presidente de la República, el pasado jueves 14 de marzo. La nueva regulación moderniza la industria y establece nuevos parámetros para definir, por ejemplo, el nivel de riesgo que pueden generar ciertas actividades en la seguridad pública, obligando a que las empresas adopten nuevos estándares en medidas de seguridad de acuerdo con su categorización de riesgo. Para detallar esta y otras implicancias de la normativa para el sector privado, ALTO realizará un webinar el próximo 21 de marzo a las 11:00 horas, donde se abordará en profundidad este tema.
“La seguridad privada está presente, en aproximadamente, el 80% de los comercios del país y la aplicación de la nueva regulación tiene un impacto general en la industria y también en quienes contratan estos servicios. Eso es lo que queremos visibilizar en este seminario, donde vamos a presentar los principales aspectos y alcances de la nueva normativa” explicó Eduardo Hernández, Gerente Legal de ALTO Chile.
Dentro de los aspectos más relevantes, la ley incorpora multas por incumplimientos a la regulación, que se gradúan en proporción a los riesgos de cada establecimiento o actividad, las que podrían llegar a las 13.500 UTM e incluso la clausura; también considera como entidades obligadas a todas las empresas que puedan generar algún tipo de riesgo para la seguridad pública asociados a su funcionamiento.
Hernández agrega que “cuando la ley entre en vigencia, una vez que sean publicados los reglamentos, y transcurrido seis meses, las empresas deberán implementar medidas de seguridad que incorporen nuevos estándares en tecnología, como dispositivos y software con reconocimiento facial y lectores de patentes, entre otros. Estas medidas serán establecidas por la ley y sus reglamentos, y será labor de la Subsecretaría de Prevención del Delito observar el correcto cumplimiento por parte del sector privado”.
Estos y otros temas relevantes para las empresas, serán abordados en el webinar, que tendrá como principal expositor a Eduardo Hernández, Gerente Legal de ALTO Chile. Quienes deseen participar deben inscribirse gratuitamente en el siguiente sitio web: https://landing.altoalliance.com/nueva-ley-de-seguridad-privada/
Fuente: Vital Comunicaciones.