“El principal impacto estará en las relaciones laborales que se van a plantear en las pequeñas y medianas empresas, porque existe cercanía con los trabajadores y mayor requerimiento de trabajo directo”, indicó el académico de la UTalca, Rodrigo Palomo Vélez.
La Ley de las 40 horas marca un hito en el ámbito laboral chileno y su puesta en vigencia -prevista para el 26 de abril- contempla una serie de medidas a favor de las necesidades de los trabajadores.
“Esta normativa tiene un triple propósito. Reducir el tiempo de la jornada de trabajo semanal de 45 a 40 horas, nuevas disposiciones vinculadas al control de asistencia y la introducción de fórmulas de flexibilidad para distribuir el tiempo de trabajo”, señaló el profesor de Derecho del Trabajo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Talca, Rodrigo Palomo Vélez.
Al ser consultado sobre la reducción de jornada destacó que, “es algo anhelado por los trabajadores y que va en la línea con lo que la Organización Internacional del trabajo (OIT) ha planteado. Como suele ocurrir con las reducciones de jornada, disminuirá hasta que, en 5 años, tengamos esas 40 horas y con un ámbito de aplicación limitado a los trabajadores de empresas privadas. La ley optó por la gradualidad temporal, lo cual me parece atinado”.
Sin embargo, el académico advirtió que el principal impacto de esa medida la sentirán las pequeñas y medianas empresas, “ya que tienen mayor cercanía con los trabajadores y requerimientos de trabajo directo. Entonces, hay que tener ojo de que no se den abusos”.
Control de asistencia y flexibilidad
Otro de los cambios relevantes que contempla la normativa está en el artículo 22, que es una norma que permite que ciertos trabajadores no queden sometidos a control de asistencia, especialmente gerentes y subgerentes. “No obstante,se ha abusado de esa categoría al incorporar a muchos trabajadores que en realidad no están en esa condición”, explicó el académico, quien además es investigador del Centro de Estudios de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Centrass) de la citada casa de estudios.
“Lo que va a empezar a hacer la ley es limitar mucho más esa categoría y tratar de impedir ese abuso, y, que solo queden liberados de jornada aquellos trabajadores que efectivamente por la naturaleza de sus funciones no pueden cumplir con un horario. Esa es la lógica de la reforma, ser más estrictos en este aspecto”, expresó.
Con respecto a la flexibilidad, Rodrigo Palomo aclaró que actualmente existe “una faena más bien rígida, con un máximo 10 horas diarias. Esta ordenanza permite que se hagan distribuciones distintas en promedio, pero el problema está en que puede generar abusos y no se tenga certeza de si la próxima semana –por ejemplo- pueda ir o no a la reunión de apoderados, porque no conozco cuál va a ser mi jornada de trabajo de ese día en particular”.
Por otra parte, añadió que “la posibilidad de pactar 4 días de trabajo por 3 de descanso viene de la ley anterior, pero se utiliza muy poco. Con esta norma, lo más probable es que esta fórmula sea más utilizada. De hecho, las empresas que han obtenido el sello de las 40 horas, han implementado esta fórmula y en muchos países se está intentando avanzar también a esa figura”.
Horas extras
Otras de las novedades, tiene relación con las horas extras y la posibilidad de utilizarlas como días de vacaciones. “Sin embargo, existen límites que establece la ley yno podrán superar cinco días adicionales a las vacaciones legales. Por lo tanto, no es infinita la cantidad de horas que se pueden compensar en esa lógica”, subrayó el profesor.
Para finalizar, el especialista expresó que es importante tener en cuenta que “el incumplir con estas normas genera infracciones que, en la mayoría de los casos, están asociadas a multas y son relativamente altas si las comparamos con otras infracciones laborales, precisamente para favorecer su cumplimiento”.
Fuente: UTalca.