En seminario conmemorativo de los 25 años de la Ley de Cultos, organizado por la UTalca, se analizó la petición que realizó el denominado “Templo de Satán” al Ministerio de Justicia para transformarse en una entidad religiosa de derecho público.
La petición realizada por satanistas y luciferinos para formalizar su templo en Chile, fue unos de los aspectos que se abordó durante el debate en el seminario conmemorativo de los 25 años de la promulgación de la Ley 19.638 (denominada Ley de Cultos), organizado por el Centro de Derechos de las Minorías y Gestión de la Diversidad (Cedemi) de la Universidad de Talca, con la participación de líderes de distintas iglesias y cultos, académicos y expertos en la materia.
En la jornada, el experto en sectas, abogado y sociólogo, Humberto Lagos, advirtió que “si el Ministerio de Justicia favorablemente permite el registro de la inscripción de una entidad de tipo satánica, eso podría difundirse como que el Estado chileno está protegiendo esos planteamientos, y tendríamos cientos de peticiones más de diversos grupos, estimulando la llegada de múltiples militantes, porque en Chile se estaría garantizando libertad y espacio para quienes adoran a Satanás”.
“Desde mi punto de vista jurídico, sociológico y ético, el Ministerio debería rechazar a este grupo, porque históricamente todo lo ligado al satanismo está asociado al mal. Hay múltiples tradiciones satánicas, pero en todas opera el tema de domesticar absolutamente a los miembros para que realicen conductas que, para ellos, en el ámbito privado son valiosas y válidas, pero que desde el punto de vista de la confrontación con el espacio público, representan claras lesiones y ataques a la dignidad de las personas”, añadió.
En este sentido, Lagos destacó la importancia de esta jornada conmemorativa, ya que permite “pensar en modificaciones de la ley, que tiene algunas fallas que podrían permitir en el futuro que, por ejemplo, sectas satánicas soliciten el reconocimiento ante el ministerio de Justicia y que en la práctica ya está sucediendo”.
Por su parte, el catedrático de la Universidad de Zaragoza, Javier Ferrer Ortiz, y principal orador del seminario, añadió que “sería interesante establecer algún tipo de control para el reconocimiento de las comunidades religiosas, y, así evitar que grupos que no tienen nada que ver con el fenómeno religioso se acojan a la Ley de Cultos”.
El especialista valoró el avance de la legislación chilena “que al igual que la española, posee una ley marco para todas las confesiones religiosas”.
Libertad de culto
En 1999 entró en vigencia la ley 19.638, que consagró la libertad de culto en el plano individual y colectivo de las personas. Así lo explicó Omar Cortés Gaibur, director de la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos (ONAR), quien destacó que, antes de la normativa las iglesias se registraban bajo una corporación de derecho privado sin fines de lucro y sin un legítimo reconocimiento de sus propias orgánicas y su autonomía.
“La primera de las libertades políticas, es la religiosa y de conciencia. Porque en el respeto a la libertad de creer en lo que son las verdades más sentidas por el ser humano, está la primera expresión de tolerancia ante la diferencia, y, esta ley puso a Chile en primer lugar en cuanto a una legislación que reconociera la libertad de creencias”, detalló el académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y director del Cedemi, Jorge del Picó Rubio.
El académico de la UTalca planteó que cuando se habla de diversidad, no es solamente un concepto o una teoría, sino que hay una coincidencia entre los especialistas en materia de la libertad religiosa y en el valor de la religión.
Fuente: U. Talca