- Ministro y subsecretario de Hacienda se reunieron con diputados de la Nueva Mayoría integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja, para abordar detalles de la iniciativa. El texto se centrará en ajustes al impuesto a la renta, el IVA en materia inmobiliaria y la norma general antielusión.
- “Es un trámite que queremos hacer con toda la discusión necesaria, pero al mismo tiempo resguardando que no sea un trámite excesivamente largo, porque en estos temas es mejor tratar de ir cerrándolos pronto”, sostuvo el titular de la cartera.
Valparaíso, 9 de diciembre de 2015. El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, y el subsecretario de la cartera, Alejandro Micco, informaron que la próxima semana ingresará a trámite legislativo el proyecto de ley que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias.
El anuncio se realizó luego que ambas autoridades sostuvieran hoy en el Congreso una reunión informativa con diputados de la Nueva Mayoría, integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. En la cita abordaron el marco de la iniciativa y acordaron profundizar el trabajo prelegislativo.
En el encuentro participaron los diputados José Miguel Ortiz, Pepe Auth, Pablo Lorenzini, Sergio Aguiló, Enrique Jaramillo y Marcelo Schilling.
Las autoridades de Hacienda recordaron que el pasado 10 de agosto, y junto a los parlamentarios, habían anunciado la preparación de un proyecto de ley que propondría un conjunto acotado de ajustes técnicos para simplificar la aplicación de la Reforma Tributaria, centrados principalmente en el impuesto a la renta, el IVA en materia inmobiliaria y la norma general antielusión. Precisaron que con la meta de enviar la iniciativa al Congreso durante el año en curso, se desarrolló un diálogo con expertos tributarios, representantes de gremios y de instituciones académicas, lo que contribuyó a perfeccionar las propuestas del Ejecutivo.
Al detallar los principales contenidos del proyecto, las autoridades enfatizaron que ninguno de los cambios propuestos alteran los objetivos contenidos en la Ley Nº20.780 de Reforma Tributaria: aumentar la carga tributaria en 3 puntos del PIB, dar mayor progresividad al sistema tributario y reducir los espacios para la evasión y elusión.
“Nuestra intención es enviar este proyecto a inicios de la próxima semana, de manera que el martes comience su trámite. Es un trámite que queremos hacer con toda la discusión necesaria, pero al mismo tiempo resguardando que no sea un trámite excesivamente largo, porque en estos temas es mejor tratar de ir cerrándolos pronto”, sostuvo el ministro Valdés.
El secretario de Estado agregó que “el proyecto va a tomar en cuenta lo que hemos anunciado. Básicamente son simplificaciones de distinta índole, del tipo de renta, del tipo de IVA y también de la cláusula antielusión. Son temas que ya hemos pre anunciado, pero estamos cerca de empezar este proceso y tuvimos esta reunión básicamente para ponernos de acuerdo en los contenidos más finos, en el todavía trabajo prelegislativo hasta la próxima semana y también en el mismo proceso, en que todos estamos de acuerdo con los invitados, que es importante hacer de esto de manera ordenada”.
Consultado con respecto a qué pasará con el régimen de las pymes, el secretario de Estado expresó que esto “no cambia y la gran mayoría de las empresas va a seguir pudiendo elegir entre el sistema atribuido y el semi integrado, y el 14 ter también, el 14 ter se restringe solo a que empresas que están en régimen atribuido o personas puedan ser dueños, por lo tanto el 14 ter no va a ser parte de mallas complejas, pero sí parte de sistemas atribuidos”.
Manifestó que “en el fondo acá tenemos un acuerdo con los parlamentarios en que esto iba a tener un proceso legislativo expedito”.
Principales propuestas del proyecto
1. Impuesto a la renta
El objetivo de estas simplificaciones es evitar las complejidades que implica tener mallas societarias en las que interactúen el sistema semi integrado y el de renta atribuida. Así, se facilita la determinación de las cargas tributarias a los contribuyentes, los que sabrán con certeza de qué empresas provienen las rentas que se le atribuyen o distribuyen, y se eliminan espacios de eventual elusión.
• El sistema de tributación semi integrado queda como la norma única general para empresas que tienen a personas jurídicas como propietarios. Estas empresas son las que generan ¾ de las ventas totales anuales.
• El sistema de renta atribuida será opcional para aquellas empresas simples, que tengan socios, propietarios o accionistas que sean personas naturales contribuyentes del Impuesto Global Complementario o personas no residentes en el país contribuyentes del Impuesto Adicional.
• Esto quiere decir que el 90% de las empresas podrá optar entre el sistema semi integrado o de renta atribuida, mientras que el 10% deberá acogerse obligatoriamente al sistema semiintegrado.
• Se propone además un conjunto de medidas para facilitar el cumplimiento tributario en ambos regímenes, entre ellas la reducción del número de registros contables y la simplificación de la imputación de los créditos por rentas provenientes del exterior.
2. IVA en materia inmobiliaria
• Se introducen precisiones para garantizar que todas las viviendas que reciban un subsidio del Ministerio de Vivienda no pagarán IVA. Esto incluye a las operaciones de leasing.
• Toda promesa de compraventa estará exenta del pago del IVA independientemente del año en que se firme. El IVA se pagará en el momento en que se concrete la compra, lo que simplificará la aplicación del impuesto, disminuyendo los costos de cumplimiento.
• Las constructoras tendrán derecho al crédito especial del IVA a las empresas constructoras en el caso de la venta de viviendas con subsidio. Esto incluye viviendas cuyo valor de construcción alcance hasta las 2.200UF en ciertas zonas del país.
• En toda operación de leasing, el pago de la cuota que corresponda a intereses no estará afecto a IVA. Esto pone en igualdad de condiciones al leasing habitacional con los créditos hipotecarios.
3. Norma General Antielusión
Se aplica respecto de los hechos, actos, negocios o conjunto o serie de ellos, realizados o concluidos a partir de la vigencia de esta norma. Se precisará que la norma no incluye los casos en que los elementos esenciales para determinar sus efectos tributarios se encuentren fijados con anterioridad a la citada vigencia, tomando los resguardos necesarios para evitar que esta precisión se constituya en una ventana de potencial elusión.
Comunicaciones Ministerio de Hacienda.