● El estudio advierte que la iniciativa vulnera el derecho de propiedad, junto a la libertad de desarrollar actividades económicas. Asimismo, indica que las indicaciones presentadas por algunos diputados son de exclusiva potestad del Presidente, ya que –entre otras cosas– afectan al erario fiscal.
El abogado constitucionalista Francisco Zúñiga presentó, este miércoles, ante la Comisión de Intereses Marítimos del Senado, un informe jurídico que advierte sobre graves vicios de inconstitucionalidad en el proyecto de ley de fraccionamiento pesquero, que se encuentra con discusión inmediata en la Cámara Alta.
El análisis plantea que al modificar las licencias transables de pesca (LTP), como la reducción de los plazos de explotación hasta 2032 y la disminución de cuotas de captura, la iniciativa legislativa deriva en una “expropiación regulatoria, una categoría en la que el Estado impone restricciones tan severas sobre una propiedad que disminuye sustancialmente su valor, sin transferir la titularidad al Estado”.
“Estas modificaciones afectan los derechos patrimoniales de los titulares de las LTPs clase A y B, reduciendo su valor económico y los beneficios esperados, como la venta o arriendo de dichas licencias. Además, el proyecto no incluye disposiciones transitorias ni mecanismos de compensación, lo que podría interpretarse como una afectación significativa de los atributos esenciales de la propiedad. Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, esto justificaría el derecho a indemnización”, argumenta el estudio.
Para fundamentar esto, el estudio se basa en la protección de tratados internacionales de inversión extranjera y de libre comercio suscritos por Chile, así como la propia jurisprudencia nacional, donde este tipo de cambios regulatorios afectan los atributos esenciales del derecho de propiedad, “en línea con lo establecido por el Tribunal Constitucional en casos anteriores.
Asimismo, el informe cita el estudio que elaboró el abogado y actual subsecretario del Interior, Luis Cordero, quien afirmó en 2016 que LTP A son un “título jurídico protegido” y se trata de “derechos estables” otorgados por el Estado a los signatarios.
Derecho a ejercer una actividad económica
El informe también pone de manifiesto que la actividad pesquera extractiva es un derecho constitucional, garantizado como parte de la libre actividad económica.
“La derogación de las normas actuales y el nuevo fraccionamiento alteran esencialmente el marco regulatorio bajo el cual se otorgaron las LTPs, lo que vulnera esta garantía constitucional al no justificar estas limitaciones con base en la moral, el orden público o la seguridad nacional”, expone el reporte técnico.
Competencias exclusivas del Ejecutivo
El informe también concluye que las indicaciones parlamentarias relacionadas con el fraccionamiento de las licencias transables de pesca exceden las competencias del Congreso, vulnerando la reserva de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, conforme al artículo 65 de la Constitución.
“Modificar las reglas de fraccionamiento entre los sectores pesquero industrial y artesanal, particularmente en lo que respecta a la distribución de cuotas, altera las competencias de los órganos sectoriales encargados de su aplicación y afecta la recaudación fiscal, incidiendo en materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, conforme al artículo 65, incisos tercero y cuarto, Nº 2, de la Constitución”, señala el informe.
“Además, dicha indicación podría afectar la estimación de ingresos presentada por el Ejecutivo en el proyecto de Ley de Presupuestos, vulnerando lo dispuesto en el artículo 67, inciso segundo, de la Constitución“, cierra el análisis jurídico.
Fuente: Vital Comunicaciones.