La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad y confirmó la sentencia que condenó a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) a pagar una indemnización a Hernán Saavedra Retamal de $2.306.618 (dos millones trescientos seis mil seiscientos dieciocho pesos), por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo.
En fallo unánime (causa rol 1.808-2016), la Décima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva, Marisol Rojas y la fiscal Judicial María Loreto Gutiérrez– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
“Se advierte que el recurrente no ha observado a cabalidad los requisitos formales imperativos, contenidos en el inciso final del artículo 480 del Código del Trabajo, en cuanto debe señalar las peticiones concretas, que en definitiva son las que determinan la competencia de esta Corte, quedando ésta habilitada para pronunciarse solo respecto de lo solicitado expresamente por el recurrente”, sostiene el fallo del tribunal de alzada.
La resolución agrega que: “esta Corte ha sostenido reiteradamente que el recurso de nulidad, es un medio de impugnación de derecho estricto, esto es, que debe cumplir con las formalidades exigidas por las disposiciones legales que lo regulan. El recurrente respecto de esta última causal impetrada, solicita que se anule la sentencia que impugna, sin indicar lo que debe declararse en ella, agrega que se determine el estado en que quedará el proceso, ordenando su remisión al tribunal inferior para que éste conozca del asunto y en definitiva lo resuelva. Cabe señalar que no basta pedir su nulidad, sino que debe indicarse con absoluta precisión cual es la declaración que solicita en su lugar, lo que no se ha cumplido”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.