La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en favor del alcalde de Panquehue, Luis Pradenas Morán, en contra de orden de arresto dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Felipe, por el no pago de una indemnización por daño moral.
En fallo unánime (causa rol 32187-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados (i) Luis Bates y Jorge Lagos- acogió la acción cautelar al considera que no correspondía decretar el arresto de edil, debido a que la cancelación de la indemnización demandada se enterará con carga a la ejecución del presupuesto municipal 2015.
“El procedimiento adoptado y demostrado en autos no habilita al referido juez para determinar el arresto decretado, desde que el amparado ha dado cumplimiento a la carga que le impone el artículo 32 de la Ley 18.695 y ha demostrado la consideración de la partida presupuestaria respectiva en el presupuesto del año 2015, de manera que si la pretensión de los actores es obtener la extinción de la obligación judicialmente declarada mediante el pago respectivo, ha de estarse a la ejecución del referido presupuesto, a partir del 1 de enero de 2015; todo ello sin perjuicio de los demás derechos que la ley le confiere para obtener la satisfacción de lo adeudado y que el régimen de inembargabilidad que consagra el artículo 32 citado no impide”, sostiene el fallo.
Resolución que agrega: “Resulta forzoso concluir que la decisión recurrida se aparta de la legalidad vigente, toda vez que la solución de la situación en conflicto supone la consideración armónica de preceptos que exceden el ámbito del artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, disposición de aplicación excepcional, por lo que se revocará la decisión apelada”.
Por lo tanto, concluye: “Se acoge la acción constitucional de amparo interpuesta a favor del Alcalde de la I. Municipalidad de Panquehue, don Luis Pradenas Morán y en consecuencia, se deja sin efecto el arresto dispuesto a su respecto, por resolución de cuatro del mes en curso, que rola a fojas 600 del expediente rol 2404-2012, del Juzgado de Letras de San Felipe”.
Fuente: Prensa Corte Suprema.