Pese a que el propio Ministro de Medio Ambiente y el Subsecretario de la misma cartera, señalaron que estaban de acuerdo con el fallo y que ya se encontraban trabajando para reponer la norma, durante los primeros días de este mes, el Consejo de Defensa del Estado, representando al Ministerio del Medio Ambiente, presentó un Recurso de Casación que busca invalidar el fallo del Segundo Tribunal Ambiental, y que en definitiva busca que se confirme la derogación de la norma.
Para los abogados que llevan la causa, esto fue una gran sorpresa, porque denota una completa falta de seriedad por parte del gobierno, que por un lado se manifiesta a favor de lo solicitado, y por otro intenta invalidar lo alcanzado a favor de las comunidades. Además, implicaría un incumplimiento del Ministro a los compromisos adquiridos con las comunidades, a las cuales les ha señalado expresamente que repondrá la norma.
“Si el Consejo de Defensa del Estado quiere llevar esto a la Corte, por supuesto que defenderemos lo logrado hasta ahora. Sin embargo, lo grave de todo esto es que las señales son confusas y así ni las comunidades ni nadie, puede saber a qué debe atenerse en materia ambiental” señaló Ezio Costa, director ejecutivo de la ONG FIMA.
Con todo, los abogados de las comunidades y ONG, se preparan para hacerse parte de la causa a favor del tribunal ambiental.
MP10
Las demandas fueron presentadas en enero del 2014, para impugnar el DS 20 de diciembre de 2013, que eliminaba el límite anual de concentración de Material Particulado Respirable 10, a la vez que mantenía la norma diaria, sin ninguna justificación aparente para esta decisión.
Esta ambigüedad en la normativa significa, que una misma zona puede mantener un rango diario saludable, pero superar los niveles anuales, con los respectivos daños para la vida de las personas que esto conlleva, como es el aumento de enfermedades respiratorias agudas, entre otros efectos.
Es por esto que el principal reclamo de los demandantes, fue la falta de fundamentación en la derogación de la norma que el Ministerio del Medio Ambiente establecía para la toma de decisiones; además de las ilegalidades cometidas durante el proceso de revisión y los perjuicios que esto acarrea para las ciudades más contaminadas del país.