Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el viernes 19 de enero recién pasado– se abocó al análisis del contenido del proyecto de ley sobre universidades del Estado.
Informe que fue remitido a las comisiones unidas de Hacienda y Educación y Cultura del Senado, sin pronunciamiento del pleno de ministros del máximo tribunal del país, por cuanto la iniciativa legal no entrega facultades a tribunales que estén bajo la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.
“Que todo cuanto ha sido expuesto precedentemente evidencia que el artículo 21 del proyecto de ley remitido por las Comisiones unidas de Hacienda y Educación y Cultura del H. Senado entrega competencia a los Tribunales Electorales Regionales y al Tribunal Calificador de Elecciones para conocer de los reclamos formulados en contra de la elección del rector de una universidad del Estado, esto es, a tribunales que de acuerdo al artículo 82 de la Carta Fundamental están exceptuados de la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema”, sostiene el informe.
Oficio que agrega: “Mirado lo anterior a la luz de lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República, conduce directamente a concluir que la iniciativa de ley en consulta no contiene normas que se refieran a la organización y atribuciones de los tribunales de justicia en los términos preceptuados en esa disposición de la Carta Fundamental y, por consiguiente, no corresponde que sea informada por esta Corte”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.