La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó el monto de las multas aplicadas a la Empresa Nacional de Minería (Enami), por incumplir normativas medioambientales en planta de tratamiento en la comuna de Ovalle.
En fallo unánime (causa rol 3534-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, Gloria Solís y el abogado (i) Rodrigo Asenjo–redujo a 401 UTM (unidades tributarias mensuales) el total de la sanción.
“Que respecto de estas infracciones reiteradamente descritas, ellas fueron constatadas y solo con posterioridad a la fiscalización de parte de la autoridad competente, se modificaron los aspectos reprochados implementándose un sistema que sí cumplía con las especificaciones que le habían sido impuestas en la Resolución de Calificación Ambiental que aprobó el proyecto, razón por la cual, subsanadas las deficiencias constatadas, no desvirtúan el hecho que hubo incumplimientos que deben ser sancionados”, sostiene el fallo.
Resolución que agrega: “Al respecto debe señalarse que si bien es efectivo que, a la fecha de la primera inspección, la infracción se estaba cometiendo, sin embargo los fundamentos de ese incumplimiento resultaron del todo atendibles. Además, apreciando las defensas de conformidad a la sana crítica, procede entonces, configurándose una infracción y produciéndose un incumplimiento, corresponde hacer lugar a la reclamación, pero solo rebajando las multas impuestas, según se dirá en lo resolutivo”.
Por tanto, concluye que: “SE ACOGE la reclamación de fojas 37, formulada por la “Empresa Nacional de Minería” ENAMI, en contra de la Resolución Exenta N° 118, dictada por la Comisión señalada en el artículo 86 de la Ley N° 19.300, Región de Coquimbo, sólo en cuanto por ella se rebajan las multas impuestas y se exime de las costas impuestas a la reclamante en la indicada sentencia, en los siguientes términos: Se sanciona a la Empresa Nacional de Minería con una multa de 201 (doscientas una) UTM, por el incumplimiento de lo dispuesto en el Considerando 3 numeral 3.2.5 literal “h” primer párrafo y en el Considerando 4 numeral 4.2.2.e. tabla N° 23 primer objetivo; y con una multa de 200 (doscientas) UTM, por incumplimiento de lo dispuesto en el Considerando 16, todos de la Resolución de Calificación Ambiental N° 32 de 25 de enero de 2008, de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, del proyecto denominado “Proyecto Delta”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.