En el contexto del seminario que hoy se realiza en la Pontificia Universidad Católica de Chile, para la formación de canonistas de curias diocesanas de Chile (organizada por el Consejo Nacional CECh de Prevención de Abusos y Acompañamiento a las Víctimas; la Asociación Chilena de Derecho Canónico y el Centro UC – Derecho y Religión de la Facultad de Derecho) monseñor Charles Scicluna ofrece la siguiente declaración:
“Queridos hermanos y hermanas:
A continuación comparto con ustedes parte de lo conversado esta mañana durante la jornada formativa realizada en la Pontificia Universidad Católica de Chile y que fue organizada por el Consejo Nacional de Prevención de Abusos y Acompañamiento a las Víctimas de la Conferencia Episcopal de Chile; la Asociación Chilena de Derecho Canónico y el Centro UC, Derecho y Religión de la Facultad de Derecho.
Como señalé en México durante la Conferencia “Los Delicta Graviora en perjuicio de los menores”, la acogida de las víctimas denunciantes de abusos debe ser un principio rector en los procesos eclesiásticos.
Para ello me gustaría citar las palabras del Santo Padre Benedicto XVI, el Papa emérito, a los Obispos de Irlanda: “[Los dolorosos casos de abuso sexual de menores] son aún más trágicos cuando a cometerlos es un eclesiástico. Las heridas causadas por semejantes actos son profundas, y es una tarea urgente restablecer la confianza cuando ésta ha sido dañada.”
En el mismo discurso en 2006, el Santo Padre ha dado algunas valiosas indicaciones para afrontar el problema de los abusos sexuales de modo eficaz, ha dicho el Papa Benedicto: “… es importante establecer la verdad de lo sucedido en el pasado, tomar todas las medidas necesarias para evitar que se repita en el futuro, asegurar que los principios de justicia sean plenamente respetados y, sobre todo, sanar a las víctimas y a todos los afectados por estos crímenes atroces”.
En otra presentación, titulada “La búsqueda de la verdad en casos de abuso sexual: Un deber moral y jurídico”, realizada el 2012 en el Simposio sobre Abuso Sexual a Menores en Roma, destacaba que “El amor por la verdad tiene que traducirse necesariamente en amor por la justicia y en el consiguiente compromiso de establecer la verdad en las relaciones en el seno de la sociedad humana” (W. H. Woestman, Papal Allocutions to the Roman Rota).
En el mismo simposio señalaba: “La necesidad de analizar los hechos con espíritu imparcial en todos los casos. Ésta es la labor que se atribuye al delegado en una investigación previa y ha de constituir la base de toda sentencia, de toda decisión, en todos los casos”, agregando: “Para ayudar a establecer y admitir la verdad de lo realmente ocurrido en un caso concreto, el Derecho Canónico ha desarrollado normas específicas para investigar el delito, para oír a la víctima y a los testigos, para la confrontación con el acusado, garantizando al menos un mínimo de lo que en jerga jurídica se conoce como “contradictorium” (cada parte tiene la posibilidad de defender sus argumentos y responder ante los de la parte contraria). El Derecho Canónico también protege el derecho del acusado a defenderse, a conocer los motivos subyacentes a la decisión, y a la revisión de una decisión que le afecte. La víctima no sólo tiene derecho a presentar su acusación, sino que también puede presentarse como parte perjudicada (pars laesa) en un proceso penal judicial”.
También explicaba que es enemiga de la verdad: “La negación deliberada de hechos conocidos y la preocupación fuera de lugar por dar absoluta prioridad al buen nombre de la institución en detrimento de la legítima revelación de un delito”, destacando: “Reconocer y admitir la verdad completa, con todas sus dolorosas repercusiones y consecuencias, es el punto de partida para una curación auténtica, tanto de la víctima como del autor de los abusos (…) Estos hermanos y hermanas merecen especialmente nuestra atención y asistencia”.
Atentamente,
Comunicaciones
Misión Pastoral Osorno.