La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a los exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Orlando Manzo Durán y Miguel Krassnoff Martchenko a 5 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado de Óscar Manuel Castro Videla. Ilícito perpetrado el 16 de agosto de 1974, en el barrio Lastarria de la comuna de Santiago.
En fallo unánime (causa rol 828-2018), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, María Paula Merino y el abogado (I) Mauricio Decap- confirmó la sentencia de ministro en visita Mario Carroza que estableció la responsabilidad de ambos agentes en secuestro del fotógrafo.
“Que respecto de Miguel Krassnoff Martchenko, los considerandos Séptimo y Octavo del fallo que se revisa entregan los motivos que conducen a concluir que a éste también cupo participación punible en el hecho materia de la acusación y lo cierto es que la valoración de la prueba reunida durante el juicio no permite sino coincidir con esta determinación, pues son innumerables los antecedentes probatorios que dan cuenta que Krassnoff Martchenko era el jefe del grupo operativo Halcón I, parte de la Brigada Caupolicán de la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de Oscar Manuel Castro Videla, de manera tal que resulta evidente concluir, tal como lo hace el a quo, que tomó parte en el secuestro de éste de manera mediata, en la forma que prevé el N° 2 del citado artículo 15 y que, por lo mismo, es autor punible de este ilícito”, sostiene el fallo.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mario Carroza estableció que: “en algunos casos la DINA consiguió, mediante la tortura o por otros medios, no sólo que el detenido confesara o colaborara en lo inmediato, sino que se transformara en un colaborador más o menos permanente, pasando a operar como un verdadero funcionario de la DINA, viviendo y conviviendo con los demás en los recintos de la organización y llevando adelante tareas de inteligencia y de represión, entre los que se cuenta:
1) El inmueble de calle Londres N°38, recinto secreto de detención y tortura que estaba ubicado en el centro de Santiago, funcionó desde fines de 1973 hasta, aproximadamente, los últimos días de septiembre de 1974; llegó a mantener recluidos hasta unos sesenta detenidos, los que permanecían con la vista vendada reunidos en una amplia sala que en el día tenía sillas y en la noche colchonetas. Desde esa sala común los detenidos eran sacados continuamente a otras dependencias para ser interrogados y torturados, así como ser llevados al exterior para realizar otras detenciones.
2) El 16 de agosto de 1974, en horas de la noche, integrantes de la agrupación Halcón, Blascay Zapata, alías El Troglo, y Osvaldo Romo, acompañados de la militante del Partido Socialista Luz Arce Sandoval, que es obligada a delatar a su compañeros, concurren hasta el inmueble ubicado en calle Lastarria N°307, departamento B, para detener al militante del Partido Socialista Óscar Manuel Castro Videla, de actividad fotógrafo, que en ese momento se encontraba acompañado de su pareja Rosa María de la Constanza Aguirre, y una vez hecho, le trasladan a Londres 38 para interrogarle, lugar donde es visto por testigos en “Londres 38″, de ahí le llevan a Cuatro Álamos, en calidad de incomunicado, sitio que dirigía en ese entonces Orlando Manzo Durán, y también en una oportunidad le llevan a José Domingo Cañas, donde sería careado en presencia de Miguel Krassnoff Martchenko, con Luz Arce Sandoval, y desde ese momento no se tuvo más noticias de su paradero ni tampoco que haya tomado contacto con sus familiares, ni realizado gestiones ante organismos del Estado o registrara entradas o salidas del país, ni menos consta su defunción”.
En el aspecto civil, con el voto en contra de la ministra Merino, el tribunal de alzada elevó el monto que el fisco deberá pagar a las hijas de la víctima a $300.000.000 (trescientos millones de pesos), por concepto de daño moral.
Fuente: Prensa Poder Judicial.