Luego del desarrollo del proceso de consulta pública respectivo, el Consejo del Banco Central de Chile (BCCh) acordó incorporar un mayor grado de proporcionalidad para los requerimientos prudenciales de capital y liquidez que deben mantener los Operadores de Tarjetas de Pago, realizando para estos efectos los ajustes correspondientes al Capítulo III.J.2 del Compendio de Normas Financieras (CNF).
El 12 de noviembre de 2020, el BCCh publicó en consulta un conjunto de modificaciones a sus normas sobre Operación de Tarjetas de Pago. Entre estas modificaciones destacan la reducción del requisito de capital para el ingreso de nuevos Operadores desde UF 25.000 a UF 10.000, la incorporación de mayor gradualidad en el incremento del requerimiento de capital, y un ajuste a los requerimientos de liquidez para incentivar que los pagos a los comercios afiliados se realicen en el menor lapso posible.
Junto con la nueva versión del Capítulo III.J.2 se publica una minuta explicativa de los comentarios recibidos durante la consulta pública, y la respuesta del BCCh a los mismos.
Estas modificaciones entran en vigor de manera inmediata.
Por último, cabe hacer notar que esta modificación de la regulación para Operadores y Tarjetas de Pago complementa el conjunto de iniciativas del BCCh para promover un desarrollo seguro y eficiente de estos instrumentos, resguardando la seguridad y certeza de las transacciones.
Al mismo tiempo, la puesta en consulta de la regulación para la Cámara Minorista de Pagos de Bajo Valor el pasado 8 de marzo, amplía las oportunidades para ampliar y diversificar los medios de pago disponibles en el sistema financiero, permitiendo la compensación de transacciones originadas en distintas plataformas, y al mismo tiempo estableciendo resguardos prudenciales mínimos.
Fuente: Banco Central.