La ministra de Justicia, Javiera Blanco, valoró avance en la normativa que fue enviada al Senado para su segundo trámite legislativo.
Valparaíso 9 de septiembre. Con amplio respaldo de parlamentarios de todos los sectores políticos fue aprobado en la Cámara de Diputados el proyecto de ley de la agenda corta de Seguridad Ciudadana, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos.
La ministra de Justicia, Javiera Blanco, -quien estuvo acompañada en la votación en sala por los subsecretarios de Justicia, Ignacio Suárez, y de Prevención del Delito, Antonio Frey- valoró el respaldo de los legisladores a la normativa; y destacó que se mejora la labor de las policías para el combate y la persecución a diversos delitos.
“Como Ejecutivo, agradezco al (Poder) Legislativo en todas sus instancias, nos hemos hecho cargo de la demanda ciudadana, al entregar una señal potente en seguridad ciudadana, pero sobre todo, una señal que no es populista, es una señal que va a hacer efectiva y eficiente en el uso de los recursos y de los instrumentos legales porque están en el marco del imperio del Derecho”, comentó Blanco.
La secretaria de Estado sostuvo que “con este proyecto vamos a tener más herramientas de investigación, estamos modificando el Código Penal y de Procedimiento Civil para permitirles a los fiscales y a las policías poder recoger más evidencias algo que antes se limitaba; creemos que la seguridad ciudadana tiene que ser una política de Estado y en esa tarea estamos como Gobierno tanto el Ministerio de Justicia y el de Interior”.
La normativa en lo central tiene por objetivo aumentar la capacidad de disuasión del sistema penal: restringiendo el efecto de la aplicación de atenuantes y aumentando las penas para los reincidentes en delitos contra la propiedad (robos, hurtos y receptación), entre otras.
Asimismo establece que los condenados por robos, hurtos y receptación -especialmente los reincidentes- cumplan efectivamente las penas. Principalmente a través de: dar mayor certeza respecto de las penas que finalmente se aplicarán en este tipo de delitos; restringir la libertad condicional: en los robos los condenados por estos delitos no podrán optar a este beneficio sino una vez cumplidos 2/3 de la pena; e impedir puedan acceder a penas alternativas para cumplir sus condenas.
“Es un logro poder concentrarnos en la población más refractaria que son los reincidentes, ya que el 80% de los delitos es cometido por el 20% de los infractores, y focalizar esa persecución con herramientas como las que aprobamos hoy día, pero siempre con miras a entender que al final del camino también hay una última etapa que es la de la rehabilitación”, detalló Blanco.
En otros aspectos, el proyecto permite una mayor eficacia del sistema de persecución, a través de la eliminación de tareas administrativas entregadas a Carabineros de Chile, para permitir que éstos se aboquen a la labor persecutoria y de orden público.
La iniciativa también entrega nuevos recursos para el Banco Unificado de Datos (BUD) lanzado en enero de este año al incorporar un artículo sobre funcionamiento y administración del BUD Operativo, alojándolo en el Ministerio Público.
Se establece un control preventivo de identidad para cautelar la seguridad pública, con el objeto de resguardar los bienes jurídicos de las personas permitiendo al personal policial efectuar el control de la identidad de cualquier persona con el objeto de resguardar el orden y seguridad públicos.
Por otro lado, el proyecto de ley introduce, como contrapartida, rendición de cuenta por parte de las policías incorporando elementos de publicidad y transparencia de estos procedimientos que permitan a la ciudadanía y a la autoridad vigilar su adecuado ejercicio.
“Lo que esperamos y lo que vamos a monitorear es que efectivamente estas normas se traduzcan en una persecución más eficiente en un impacto a tener mayores niveles de seguridad en nuestro país”, finalizó la ministra de Justicia, Javiera Blanco.
ASPECTOS CENTRALES DEL PROYECTO:
Modificaciones al Código Penal:
Se restringe el efecto de la aplicación de atenuantes en delitos contra la propiedad[1]. Lo que se busca es que se apliquen por parte de los jueces las penas que están establecidas en la ley, limitando la rebaja de penas.
En el caso de los reincidentes en estos delitos, se aumenta la pena aplicable.
Se aumentan las penas para los casos en que actúan grupos u organizaciones detrás de receptaciones cuantiosas.[2]
Modificaciones al Decreto Ley N° 321, sobre libertad condicional: Norma de 1925 que instaura el beneficio de Libertad Condicional a los condenados. A través del actual proyecto se propone que:
Los condenados por delitos de robo (con fuerza, por sorpresa, con violencia o de cajeros automáticos) sólo puedan solicitar libertad condicional una vez cumplidos 2/3 de su pena[3].
Modificaciones a la ley N° 18.216 sobre penas sustitutivas y otros cuerpos legales: esta norma, creada en 1983, permite al juez aplicar penas sustitutivas[4] a las penas restrictivas o privativas de libertad. En el proyecto de ley: Se establece que todas las penas impuestas a un condenado deberán sumarse y con este resultado apreciar si se aplica esta Ley. No se aplicarán beneficios por penas consideradas aisladamente.
Para optar a los beneficios de esta ley, será obligatoria la toma de muestras biológicas para establecer la huella genética de los condenados en aquellos robos más violentos.
Se restringe la pena sustitutiva de reclusión parcial en el caso de condenados a más de dos penas, aunque estas sumen menos de dos años.
Se modifica la ley N° 19.970, sobre Registro Nacional de ADN, haciendo obligatoria la toma de muestra genética también a condenados por delitos de robo con violencia y fuerza.
Modificaciones al Código Procesal Penal:
Aumento de capacidades de investigación: permitir a policías examinar vestimentas en casos de detención; posibilidad de perseguir la responsabilidad disciplinaria para el fiscal o abogado asistente que no concurra a la primera audiencia de detención; consideración a las órdenes de detención anteriores pendientes para efectos de conceder prisión preventiva; posibilidad de acceso a lugares cerrados para impedir que se destruyan medios de prueba o instrumentos de delitos, permite incautar evidencia en caso de delitos flagrantes que no tengan relación con el delito actualmente perseguido, entre otras.
Restringe el principio de oportunidad imposibilitando su aplicación respecto de quienes se hubiere aplicado otro principio de oportunidad, hubieren sido condenados anteriormente o beneficiado con una suspensión condicional, todo ello dentro de los tres años anteriores al nuevo hecho denunciado.
Modificaciones a otros cuerpos legales:
Modifica los procedimientos ante Juzgados de Policía Local, restringiendo el trámite de notificaciones efectuadas por Carabineros sólo a la primera actuación del juicio.
Se modifican las penas por delitos graves de lesiones y mutilaciones a Carabineros, funcionarios de la Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile cometidos en ejercicio de sus funciones y se establece, en el caso de apelación de la prisión preventiva o de la ilegalidad de la detención en estos delitos, que no se permitirán la puesta en libertad de los imputados mientras no se resuelva por la Corte de Apelaciones dicha medida.
Fuente: Ministerio de Justicia.