El Juzgado de Garantía de Rancagua rechazó hoy –martes 27 de junio– la solicitud de sobreseimiento definitivo, presentada por la defensa de Sebastián Dávalos Bachelet, investigado por el Ministerio Público por los eventuales delitos de tráfico de influencias, revelación de secretos, uso de información privilegiada, negociación incompatible y cohecho, en el marco del denominado caso Caval.
En la resolución (causa 1651–2015), el magistrado Mauricio Silva establece que existen diligencias pendientes con relación a Dávalos Bachelet que podrían derivar en la formalización de la investigación en contra del solicitante.
“(…) Conforme al debate producido en audiencia, se deduce que, no obstante estar programada audiencia en estos antecedentes para debatir el cierre de la investigación, existen una serie de diligencias pendientes que detalló el ministerio público en su alegación y que dicen relación con el imputado Sebastián Dávalos, tales como levantamientos patrimoniales para determinar la existencia de bienes de la Sociedad Caval, Natalia Compagnon, Mauricio Valero; requerimiento de información al Servicio de Impuestos Internos, etc., que no se han evacuado y que pueden determinar la práctica de otras diligencias y del análisis de esos antecedentes llevar a conclusiones al ministerio público para formalizar la investigación respecto del imputado Sebastián Dávalos o a los querellantes para llevar adelante la acción penal de manera independiente o no del ministerio público, etc., por lo que no es prudente, pertinente, a juicio del tribunal, al no estar cerrada la investigación, con diligencias aún pendientes y en curso, por ahora, determinar la inexistencia de delitos o inocencia del imputado”, sostiene la resolución.
Dictamen que agrega: “Respecto del artículo 250 letra b del Código Procesal Penal, requiere que se encuentre claramente establecida la inocencia del imputado, se debe descartar total, completa, absolutamente, cualquier imputación, no solo como autor, también como cómplice o encubridor de algún delito, ese nivel de seguridad para sostener que no ha existido ningún delito y excluir totalmente la participación del señor Sebastián Dávalos Bachelet, imputado, investigado, no ocurre en esta etapa de la investigación, que para que se dicte un sobreseimiento definitivo es necesario que esté incuestionablemente establecido que no hay ilícito penal o que el imputado no es autor, cómplice o encubridor de ningún delito, que se requiere de una certeza que vaya más allá de toda duda razonable que permite una absolución en el juicio oral, que ese convencimiento debe fluir de los antecedentes que se relatan en esta audiencia, existiendo indicios, sospechas, como lo refirió el ministerio público de la responsabilidad del imputado Sebastián Dávalos, las que en este estadio procesal no ha sido total, absolutamente descartadas”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.