1.- El 29 de junio de 2022, la entonces Presidenta de la Convención Constitucional (“CC”), María Elisa Quinteros, instruyó al Ministerio Secretaría General de la Presidencia (“SEGPRES”), gestionar la impresión y distribución de la propuesta de Nueva Constitución, a objeto de darla a conocer y propiciar el voto objetivamente informado de la ciudadanía en el plebiscito. (Oficio N° 848, de 2022)
2.- Al respecto, cabe recordar que S.E. el Presidente de la República, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 133 de la Constitución Política de la República, designó a la SEGPRES como el organismo encargado de prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero necesario para la instalación y funcionamiento de la CC. Esta tarea se ha materializado a través de la Secretaría Administrativa cuya vigencia se extiende hasta 60 días posteriores a la disolución de la CC (Decreto Supremo N° 04, de febrero de 2021).
3.- La instrucción de imprimir y distribuir copias de la propuesta de Nueva Constitución en virtud del presupuesto disponible fue impartida antes de la disolución de la CC.
4.- La gestión ordenada a la SEGPRES se hace con cargo a los recursos asignados para la instalación y funcionamiento de la Convención, que comprende actividades de difusión y participación ciudadana conforme disponen las leyes de Presupuestos del Sector Público correspondientes a los años 2021 y 2022. Las mencionadas leyes ordenan, además, que las solicitudes formuladas por la Convención Constitucional deben tramitarse con especial celeridad.
5.- La jurisprudencia de la Contraloría General de la República ha sido categórica en señalar que el rol de la SEGPRES no implica que se encuentre habilitada para afectar la autonomía de la Convención Constitucional, debiendo limitarse a dar estricto cumplimiento a la labor encomendada. (Dictamen N° E152163, de 2 de noviembre de 2021)
6.- Teniendo a la vista estas consideraciones, esta cartera aprobó una contratación por trato directo con la imprenta Sistemas Gráficos Quilicura S.A., por un monto de $444.615.384.- que corresponde a 692.000 ejemplares, servicio que incluye la impresión y distribución de los textos en todas las capitales regionales del país (Resolución N° 664, de 11 de julio 2022). Junto a ello, en vista de que el 20 de julio de 2022 la CGR tomó razón del Decreto N° 1102, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que
modificó el programa presupuestario de la CC, el contrato se ampliará en 30%, a objeto de llegar a las 900.000 copias del texto de la propuesta de Nueva Constitución.
7.- La contratación se realizó mediante la modalidad de trato directo justificado en la causal de urgencia contemplada en el artículo 8 literal c) de la ley N° 19.886, en virtud de los siguientes supuestos: (1) la inexistencia de un convenio marco vigente que permitiera aplicar el mecanismo de Grandes Compras; (2) la premura de la gestión – considerando que la solicitud desde la CC se hizo el 29 de junio-, atendido que los procedimientos de licitación pública contemplan 30 días como tiempo mínimo de publicación de las bases de licitación, lo que, sumado a los tiempos de evaluación de
ofertas y ejecución del servicio, impedían cumplir oportunamente la instrucción de la CC; y (3) la imposibilidad de haber realizado previamente el llamado a licitación pública por no haber sido emitida la instrucción por parte la CC y porque antes del 4 de julio no se contaba con el texto final de la propuesta de Nueva Constitución, por lo que no se podía precisar el producto (ej. número de páginas, características y diagramación).
8.- Sin perjuicio de proceder a la contratación por trato directo, la SEGPRES escogió al proveedor mencionado, teniendo a la vista (1) que se trataba de un proveedor inscrito en ChileCompra; (2) que contaba con las condiciones materiales y técnicas requeridas para el volumen de copias requerido; y (3) que el precio era considerablemente más económico que el precio que se encuentra en el comercio al detalle (540 pesos por ejemplar, más impuestos).
9.- En conclusión, la contratación para la impresión y distribución del texto definitivo de la propuesta de Nueva Constitución se enmarca dentro de las obligaciones constitucionales y legales de la SEGPRES, siendo el trato directo la única modalidad disponible para dar estricto cumplimiento a la labor encomendada por la Convención Constitucional.
Fuente: Segpres