La cadena de retail Paris Administradora Limitada fue condenada por realizar prácticas antisindicales, en una disputa laboral que escaló hasta la Corte Suprema. La base de la disputa tuvo como origen el cambio unilateral que realizó la empresa en la entrega de uniformes para los trabajadores.
La acción legal fue presentada por la Federación Nacional de Trabajadores de Empresa París S.A., quienes contaron con la representación del estudio Rossel, Fuentes y Urzúa Abogados. La demanda indica que, según el contrato colectivo, los trabajadores recibían dos veces al año uniformes sin costo. Se trataba de ropa de la misma tienda, que debía cumplir con ciertas características para atender a los clientes de manera adecuada.
Sin embargo, todo cambió en octubre de 2020, cuando la firma modificó la modalidad de entrega de uniformes por la entrega de gift cards de la misma empresa, que oscilaban entre $ 30.000 y $ 80.000, dependiendo del tipo de jornada laboral. Este cambio, asegura el sindicato, fue realizado sin el consentimiento expreso de los denunciantes y se argumentó por parte de la compañía que la decisión fue en respuesta a quejas sobre la calidad y ajuste de los uniformes anteriores.
En la demanda, la Federación señaló que este cambio constituía una práctica antisindical, porque modificaba los términos pactados en los contratos colectivos sin negociación, afectando los derechos y beneficios de los trabajadores. Además, los trabajadores sindicalizados resultaron perjudicados aún más con este cambio, pues sus gift cards solo eran válidas para las marcas propias de Paris.
El caso fue analizado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que resolvió que la empresa efectivamente realizó una práctica antisindical y fue condenada a reestablecer el antiguo beneficio de entrega de uniformes, conforme a los términos previamente acordados, además de pagar una multa de 100 UTM y sanciones complementarias, tales como publicar la sentencia en medios de comunicación y realizar cursos sobre la importancia de la libertad sindical.
Este fallo fue ratificado el 9 de julio por la Corte Suprema, luego que la empresa intentara apelar a la resolución.
El abogado Ariel Rossel, socio de Rossel, Fuentes y Urzúa Abogados, indicó que “cabe destacar que, además de las sanciones señaladas en la sentencia, uno de los efectos de ser condenado en este tipo de causas es quedar fuera del sistema de compras públicas por dos años, por lo que Paris no podrá contratar con el Estado por dicho periodo”.
Rossel agregó que “el respeto por los acuerdos laborales es fundamental para garantizar condiciones justas de trabajo. La reciente resolución judicial nos recuerda que la defensa de los derechos de los trabajadores debe ser una prioridad en el desarrollo laboral del país”.
Fuente: Audentia