- Sergio Fajardo Velásquez, de 31 años, fue sentenciado a cinco años y un día de presidio por iniciar siniestro en el sector de Cuncumén, el primero de enero de este año. Más de $ 500 millones se gastaron en el control de la emergencia.
El Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio condenó a cinco años y un día de presidio a Sergio Enrique Edmundo Fajardo Velásquez, de 31 años, como autor del incendio forestal que consumió una superficie de 66 hectáreas de vegetación, el primero de enero de este año, en la ruta G814, ubicada en el sector de Cuncumén, a la altura de la Cuesta Los Lunes, en la ciudad puerto.
El siniestro, que se extendió por cinco días, significó un gasto para los organismos encargados de su control avaluado en más de 500 millones de pesos. Además, puso en riesgo zonas pobladas, por lo cual la Intendencia de la Región de Valparaíso, en base a información técnica proporcionada por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y en coordinación con la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI), decretó alerta roja comunal.
Sobre la condena, el director de CONAF Región de Valparaíso, Héctor Correa, manifestó que “se trata de una excelente noticia, pues, como es de público conocimiento, resulta muy difícil dar con el paradero de los responsables de este tipo de delitos. Por lo general, estos se desarrollan en lugares de difícil acceso, normalmente en áreas rurales, donde son escasos los transeúntes y el personal policial presente”.
Correa agregó que “los jueces determinaron que Fajardo Velásquez prendió pastizales en el sector de origen de la emergencia, que como se recordará, motivó un gran despliegue de los organismos de respuesta. De hecho, en la sofocación del fuego participaron 11 brigadas, dos aviones y un helicóptero de nuestra institución, además de personal municipal, del Ejército y de Bomberos de San Antonio, Algarrobo, El Quisco y Santo Domingo”.
Por su parte, el abogado de la Unidad Jurídica de CONAF Valparaíso, Jonathan Kenchington, aseveró que “con esta sentencia se pone término a un proceso que ha durado ocho meses, dentro de los cuales se incluyen las etapas de investigación y juicio, obteniendo un resultado favorable para la Corporación como parte querellante, toda vez que se determinó, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en calidad de autor del delito consumado de incendio, tipificado en el artículo 476, número 3, del Código Penal”.
Y acotó que “el tribunal acogió lo solicitado por esta parte querellante, en el sentido de aplicar una sentencia de presidio mayor en su grado mínimo. Asimismo, los magistrados estimaron que no existían circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal, ya que el condenado carecía de irreprochable conducta anterior y las declaraciones que efectuó durante el juicio sólo tenían por objetivo confundir a los jueces”.
Fuente: CONAF.