El abogado y académico de la Universidad de Santiago, Francisco Zambrano, afirma que solo un cambio en la Carta Magna nacional permitiría que los sacerdotes que estén en conocimiento de un delito sexual por medio de la confesión puedan declarar ante la justicia. Actualmente, el Artículo N°19 de la Constitución Política de Chile permite que los clérigos se acojan a dicha protección, explica.
La Conferencia Episcopal de Chile (CECh) manifestó el pasado viernes 3 de mayo su rechazo a que la legislación chilena elimine la inviolabilidad del secreto de confesión, a pesar que esta pueda contener información clave sobre delitos sexuales. Según consignó el medio español El Economista, la decisión de la Iglesia Católica nacional se emitió al finalizar su 118° congreso plenario, mientras que la Cámara de Diputados aprobó hace dos semanas un proyecto de ley que busca revertir dicha situación.
Ante esto, el abogado y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago de Chile, Francisco Zamora, afirma que los sacerdotes chilenos están amparados constitucionalmente para no violar el secreto de confesión. “(…) La Constitución Política de la República de Chile, en el Artículo 19 N°6, establece la libertad religiosa y de conciencia de todas las personas. Por lo tanto, la protección especial de nuestro tratamiento jurídico sobre materias espirituales y religiosas está garantizada en el primer nivel”, sostiene.
En ese sentido, intentar obligar a un religioso a romper el secreto de confesión puede incluso declararse inconstitucional, según señala el experto en Derecho Público. Aun así, explica que si un clérigo que obtuvo conocimiento de un delito sexual por medio del sacramento es director de algún liceo o colegio, debe sí o sí declarar ante la ley. Por esto, Zamora recalca la importancia de “conocer cómo llegó esa información a los sacerdotes.
Cambio en la constitución
Para revertir dicha situación, el académico agrega que se necesitaría “ni más ni menos que un cambio en la Constitución”, ya que sería un “obstáculo” en caso que la Ley “intente obligar a un sacerdote a violar el secreto de confesión”, argumenta. Aun así, advierte que el Derecho Canónico sólo puede ser modificado por El Vaticano, al tratarse de un cuerpo legal donde las leyes chilenas no tienen competencia.
Acuerdo Fiscalía e Iglesia
La Fiscalía Nacional firmó el pasado 30 de abril un convenio de cooperación con la CeCh, destinado a acelerar la entrega de información sobre delitos sexuales por parte del ente religioso y a proteger la identidad de las víctimas. No obstante, el Fiscal Jorge Abbott revirtió el acuerdo a solo seis días de su anuncio, debido a las críticas de los afectados por abusos llevados a cabo por religiosos.
Al respecto, Zambrano enfatiza en que una medida de este tipo “no tiene valor jurídico”, profundizando en que “no puede ser acordada (con otra Institución) la forma en que el Ministerio Público va a desarrollar sus competencias porque están establecidas por la Ley y no por un contrato”. Si bien el abogado destaca lo positivo de que la Iglesia Católica entregue la información que maneja respecto a abusos sexuales cometidos dentro de ésta, hace hincapié en que el proceder de la Fiscalía –como por ejemplo, un allanamiento para requerir antecedentes- no puede negociarse.
Finalmente, el experto considera que la Fiscalía debe perseverar “con el máximo rigor” en la persecución de esta clase de delitos, agregando que tiene “competencias que son suficientes” para cumplir dicha labor.
Fuente: USACH