- Segunda Sala del máximo tribunal concedió hoy –viernes 24 de mayo– la orden de no innovar solicitada y le ordenó a al Ministerio Público y al Juzgado de Garantía de Arica abstenerse de seguir conociendo y decretar diligencias, en tanto no se resuelva fondo de contienda de competencia trabada en la investigación por el caso denominado “Conscriptos de Putre”.
La Corte Suprema concedió hoy –viernes 24 de mayo– la orden de no innovar solicitada y le ordenó a al Ministerio Público y al Juzgado de Garantía de Arica abstenerse de seguir conociendo y decretar diligencias, en tanto no se resuelva fondo de contienda de competencia trabada en la investigación por el caso denominado “Conscriptos de Putre”.
En fallo dividido (causa rol 17.281-2024), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por el ministro Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, el ministro Jean Pierre Matus, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada– acogió la solicitud presentada por el Ministerio Público Militar, con el fin de no afectar la investigación del caso.
“Sin Perjuicio de lo que se resuelva en cuanto al fondo del asunto, atendido lo expuesto por el Fiscal General Militar del Ministerio Público Militar, y a fin de no afectar la investigación que se lleva a cabo, se concede la orden de no innovar solicitada, debiendo en consecuencia, inhibirse el Ministerio Público y el Juzgado de Garantía del conocimiento de la presente causa, mientras se resuelva la contienda de competencia suscitada”, ordena.
Decisión acordada con los votos en contra del ministro Llanos y el abogado Ferrada, quienes estuvieron por no dar lugar a la orden de no innovar.
Fuente: Poder Judicial