Moscú, 3 de junio de 2015.- El consorcio de defensa balística Almaz-Antey -importante productor ruso de sistemas antiaéreos de misiles terrestres y navales, estaciones de radar y sistemas móviles de comando- anunció hoy que interpuso una serie de demandas en contra de las sanciones económicas aplicadas por la Unión Europea el año pasado en el contexto de la catástrofe aérea del vuelo MH17 de Malaysia Airlines, argumentando que investigaciones hechas por especialistas del grupo -en base a los antecedentes entregados por la Comisión Investigadora internacional que lleva el caso- comprobarían que el consorcio no tendría participación, restando sustento a las prohibiciones levantadas.
En base a la revisión de los daños en el revestimiento y armazón reforzado del avión, así como de los elementos destructivos extraídos de su fuselaje, los ingenieros del consorcio lograron determinar -en una primera etapa- que si el Boeing-77 fue derribado por un sistema de defensa antiaérea BUK, como se mantiene, el tipo de misil usado debió haber sido un 9M38 (M1), del sistema BUK-M1. Esto considerando la fracción pesada en forma de doble T que sólo se usan en la cabeza de combate de esta variante. Lo mismo con los daños del revestimiento del avión en forma de cuadrados de un tamaño de 13 x 13 mm, que identifican a este tipo de munición.
En ese sentido, y de acuerdo a los estudios, el lanzamiento se pudo haber concretado sólo desde territorio controlado por militares ucranianos, específicamente desde la región de Zaróschenskoie que cuenta con este tipo de sistema de defensa balística. De hecho, expertos de Almaz-Antey pudieron definir que el cruce de la trayectoria del misil y el avión es posible solo desde una región circunscrita entre los 2,5 por 3,5 kilómetros más al sur de este poblado y no desde el pueblo de Snézhnoie, como se señala en la actualidad.
Adicionalmente, el consorcio manifiesta que los misiles 9M38 (M1) del sistema antiaéreo BUK-M1 fueron descontinuados en 1999, siendo vendida la producción restante sólo a clientes extranjeros -dentro de esto Ucrania, que cuenta con un importante número de ellos-, en tanto que Almaz-Antey fue fundado como tal recién en 2002, hecho que demuestra que no pudo ser responsable de exportar los misiles de este tipo ya que aún no se encontraba conformada como grupo.
El reporte detallado del análisis efectuado por los especialistas de Almaz-Antey se entregó a la Comisión Internacional. Por su parte, el consorcio subraya que Almaz-Antey es el creador de los sistemas de misiles antiaéreos y sistemas de misiles terrestres de longitud mediana BUK y que, por ello, tiene competencia exclusiva en la esfera de conocimiento, composición y funcionamiento de sus misiles.
No obstante, las conclusiones finales sobre cómo y con qué fue destruido el avión se podrán hacer sólo después de todos los peritajes tecnológicos y, hasta el momento, el consorcio no posee toda la información sobre las evaluaciones efectuadas por la Comisión Internacional.
Demanda para retirar las sanciones de la UE
En base a los antecedentes reunidos, el consorcio concluyó que las sanciones impuestas por la Unión Europea debe ser retiradas por “carecer de fundamento”, contexto en el cual presentó ante el Tribunal General de la Unión Europea una serie de demandas.
Una primera denuncia apunta a revertir aquellas sanciones que “congelaron los bienes” del grupo (impuestas por decisión del Consejo de la Unión Europea 2014/508/CFSP y por el Reglamento de Ejecución del Consejo de la Unión Europea № 826/2014 del 30.07.2014). De igual manera, el grupo procedió a interponer un recurso de protección contra las sanciones vinculadas a la prohibición de exportación de los productos militares multiuso (impuestos por decisión del Consejo de la Unión Europea 2014/659/CFSP y por el Reglamento de ejecución del Consejo de la Unión Europea № 960/2014 de 08.09.2014).
Asimismo, Almaz-Antey interpuso una demanda de anulación de la resolución que prorrogaba las sanciones vinculadas con “la congelación de los bienes” (por el Consejo de la Unión Europea 2015/432/CFSP de 13.03.2015 y el Reglamento de ejecución de UE ЕС№ 2015/427 de 13.03.2015).
Fuente: ICC Crisis