La Comisión de Relaciones del Senado aprobó hoy el Convenio Bilateral de Seguridad Social entre los gobiernos de Chile y Corea del Sur, implementado por la Subsecretaría de Previsión Social, que tiene por objeto evitar la doble cotización previsional de las personas que se trasladan a trabajar entre ambos países.
El convenio establece que el domicilio de la persona determinará el país en que deberá cotizar para su pensión. Respecto a la figura de “desplazamiento”, consistente en aquellos trabajadores enviados por su empleador a prestar servicios al otro Estado, podrán seguir efectuando sus cotizaciones previsionales en su país de origen por un plazo máximo de cinco años, prorrogables por otros dos años.
La Subsecretaria de Previsión Social, Julia Urquieta, destacó, “este es el primer convenio de este tipo que firma Chile con un país del continente asiático y se basa en uno de los principios básicos de la seguridad social, que es permitir la continuidad de las cotizaciones sin importar el país de residencia”
Julia Urquieta indicó que el convenio “favorecerá a los trabajadores y sus familias desplazadas, ya que impide desafiliaciones de los sistemas de pensiones y de salud que normalmente los protegen en el país de origen, eliminando el doble gasto para empresas y trabajadores, por concepto de cotizaciones previsionales para atender a la misma cobertura”.
Se estima que la aprobación del Convenio de Seguridad Social, otorgará una protección más adecuada al perfil de la migración laboral existente entre Chile y Corea, caracterizada por profesionales y directivos de alta calificación técnica, que prestan servicios temporales en apoyo a proyectos de inversión o de infraestructura pública, así como para la realización de actividades comerciales.
Además de este, Chile tiene otros 27 Convenios de Seguridad Social::
Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, Ecuador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Paraguay, Perú, Portugal, Quebec, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, Suecia, Suiza, Uruguay y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.
Fuente: Ministerio del Trabajo y Previsión Social.