– Rechazó el recurso de nulidad, verificando fallo de primera instancia que había declarado el despido de Luis Gonzalez como vulneratorio de la libertad de expresión.
– Para presidente de Fetrapes el falló es una señal para terminar con prácticas ilícitas de industriales pesqueros, que despiden a sus trabajadores por decir la verdad.
Tras un proceso que se inició el año pasado, la Corte de Apelaciones de La Serena confirmó el fallo de primera instancia contra la Pesquera Sunrise S.A, quienes en septiembre de 2013 despidieron al pescador Luis González por grabar un video que denunció el descarte de merluza en plena veda del recurso.
Consultado sobre el fallo a su favor Luis González señaló que “soy un pescador consciente del daño que algunas empresas hacen a los recursos pesqueros. Por eso, estoy orgulloso de que el video haya servido para mostrar las malas prácticas que se realizan en el mar y que perjudican la sustentabilidad de recursos que pertenecen a todos los chilenos”.
Al respecto, el presidente de la Federación de Trabajadores Pesqueros (Fetrapes), Juan Montenegro, quien apoyó a González en todo este proceso, reiteró que “se debe terminar con prácticas ilícitas de industriales pesqueros, que despiden a sus trabajadores por decir la verdad. Este fallo debe ser un precedente para que los trabajadores pierdan el miedo a las 7 familias”.
El dirigente recordó que “la gran culpable de acciones como las que denunció Luis González, es la ley Longueira, por lo que es imprescindible su anulación. Esta ley no solo ha permitido la depredación de los recurso pesqueros sino que permite que se vulneren los derechos de los trabajadores sin ninguna plataforma social que los resguarde”.
Cabe recordar que Luis González fue dejado a su suerte por sus empleadores en Tomé, tras la difusión del video que mostraba el descarte de merluza en veda. Luego, fue desvinculado de su empresa “por falta de probidad”. Tras la medida, junto a su abogado Jorge Fonseca, presentó una demanda laboral por despido injustificado y vulneración de derechos fundamentales, contra las empresas Sunrise S.A y Camanchaca (en forma subsidiaria), en la que se señaló que hubo un despido que vulneró sus derechos fundamentales, no solo laborales, sino los de libertad de expresión y de opinión.
Cabe señalar que este último punto fue acogido por la Corte de Apelaciones de La Serena, quien en la resolución sostuvo que “el despido del actor ha vulnerado el derecho fundamental consagrado en el art. 19 Nº12 de la Constitución Política, esto es, la libertad de omitir opinión y la de informar sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio (…)”. Por tanto, se condenó a la empresa Pesquera Sunrise S.A a cancelar las remuneraciones adeudadas y adicionalmente a pagar seis remuneraciones por concepto de indemnización.
Fuente: Claudia Bastidas – cbastidasrojas@gmail.com