La Corte de Apelaciones de Santiago acogió requerimiento del Ministerio Público para solicitar a Francia la extradición del ciudadano chileno Darwin Cruz Ramírez, formalizado en ausencia por el delito de soborno o cohecho activo, en abril de 2016.
En fallo unánime (causa rol 765-2017), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Mireya López, Viviana Toro y la abogada (i) Paola Herrera– dio lugar a la extraditar de Cruz Ramírez, quien se encuentra recluido en el centro penitenciario de Pontoise, Francia, con cumplirse el la especie los requisitos legales para acceder a la petición elevada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.
“Que en cuanto a que la acción penal no se encuentre prescrita, cabe señalar que el hecho constitutivo de delito por el cual se formalizó al imputado se verificó el 23 de abril de 2016. En consecuencia la acción penal para este delito no se encuentra prescrita. En efecto, tratándose el cohecho activo de un simple delito conforme al artículo 21 del Código Penal la prescripción de la acción penal, de acuerdo al artículo 94 del Código Penal es de cinco años, los que aún no han transcurrido”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “en relación a los últimos requisitos para la procedencia de la extradición, Chile tiene competencia para el juzgamiento del hecho ilícito imputado pues se cometió dentro del territorio nacional, sin que se trate de un delito político o conexo a él. En efecto, en lo pertinente, la formalización da cuenta que dentro de un procedimiento policial el imputado ofreció dinero al personal de Carabineros para que no se le detuviera y se pusiera fin al procedimiento policial”.
Por lo tanto, concluye:
“1. – Que se acoge la solicitud de extradición hecha por el Ministerio Público, respecto del ciudadano chileno Darwin Alejandro Cruz Ramírez, Rut 17.737.167-K, quien se encuentra actualmente en calidad de preso preventivo en el Centro Penitenciario de Pontoise, Francia, en contra de quien se sigue la causa criminal en el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, con el RIT 0-3464-2016 RUC 1600388897-9, por el delito de soborno o cohecho activo.
2. – Que se acoge la solicitud de detención previa en su contra hecha por el Ministerio Público, para lo cual deberá oficiarse al Ministerio de Relaciones Exteriores para que tenga a bien pedir a la República de Francia se decrete la misma.
3. – Que se desecha la solicitud de extradición por los delitos de usurpación de nombre y de porte de elementos conocidamente destinados al delito de robo”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.