La Corte de Apelaciones de Santiago aprobó solicitar la extradición de Kevin Andrés Abarca Dinamarca, detenido en Suecia por hurto y condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto por homicidio simple frustrado y robo con intimidación.
En fallo unánime (causa rol 3.765-2017), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Antonio Poblete, el fiscal judicial Daniel Calvo y el abogado (i) Mauricio Decap– acogió la solicitud formulada por el Ministerio Público por cumplirse en la especie los requisitos legales.
“Que conforme a los antecedentes expuestos, en la especie se cumplen todas las exigencias antes señaladas, pues (1) los delitos por los cuales el imputado fue condenado tienen asignadas penas privativas de libertad que exceden con creces de un año, claramente indicativos de su gravedad; (2) se trata de hechos que revisten caracteres de delito, tanto en la legislación chilena como en la sueca; (3) el condenado es actualmente perseguible de oficio en atención a que se encuentra emitida una orden de detención en su contra que se encuentra pendiente en el contexto del cumplimiento de una sentencia condenatoria a una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo superior a un año; (4) la pena no se encuentra prescrita, y (5) no se trata de un delito político o conexo a alguno de ellos”, detalla el fallo.
La resolución agrega que: “resultando evidente el peligro de fuga en el presente caso y teniendo presente que el juez de garantía respectivo declaró la procedencia de pedir, en el país extranjero, la medida cautelar personal que resulte pertinente con la finalidad de asegurar la comparecencia del condenado y el cumplimiento del saldo de pena antes aludido en nuestro país y, con ello, comprobó la concurrencia de los requisitos que resultan exigibles para esos efectos, se hará lugar a la solicitud formulada por el Ministerio Público para los efectos de oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores para que inste al país en que se encontrare el imputado que ordene la detención previa de éste o adopte otra medida destinada a asegurar la persona cuya extradición se ha pedido”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.