La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la Municipalidad de Recoleta a pagar una indemnización de $52.380.000 (cincuenta y millones trescientos ochenta mil pesos) por modificar la oferta presentada por la empresa demandante en licitación de servicio de guardias de seguridad de dependencias municipales.
En fallo dividido (causa rol 8749-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, Patricia González y el abogado (i) Rodrigo Rieloff– acogió la acción presentada por la empresa Ecoverde S.A. y ordenó pagar la indemnización por concepto de lucro cesante.
“En este contexto, aparece claramente establecido en el proceso, como un hecho no debatido en esta sede, que la comisión de evaluación de la I. Municipalidad de Recoleta en su informe de adjudicación de fecha 30 de agosto de 2012, modificó la oferta presentada por la firma demandante, constituyéndose en un acto ilegal y arbitrario y en tal sentido debe entenderse que existe una falta de servicio dado el incumplimiento manifiesto de sus funciones por parte del órgano público que se ha apartado con ello del marco jurídico que lo regula”, establece el fallo.
Resolución que agrega: “De este modo, la actuación ilegal de la demandada -ya establecida por sentencia ejecutoriada de fecha 21 de enero de 2014 dictada por el Tribunal de Contratación Pública- impidió que la actora de autos pudiera entrar a la ejecución del contrato para la provisión de guardias de seguridad en recintos municipales, lo que en sí mismo aparece de forma meridianamente clara como la afectación de un derecho adquirido, desde que, a la demandante como fluye de los antecedentes de la causa se le adjudicó este contrato y por un error atribuible exclusivamente a la actuación ilegal y arbitraria de la demandada no pudo entrar plenamente a la ejecución de aquel contrato y con ello al goce de las legítimas ganancias que obtendría del mismo”.
Por ello, concluye: “se revoca la sentencia apelada de fecha once de abril de dos mil diecisiete, escrita a fojas 176 y siguientes, y se decide en su lugar que, se acoge la demanda interpuesta a fojas 1, por Sociedad Ecoverde S.A. sólo en cuanto se condena a la I. Municipalidad de Recoleta a pagar a la demandante una indemnización de perjuicios ascendente a la suma de $52.380.000 por concepto de lucro cesante, cantidad que deberá ser debidamente reajustada desde la fecha de notificación de la demanda, más los intereses corrientes para operaciones reajustables contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta su pago efectivo, confirmándose el fallo apelado en todo lo demás”.
Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Rieloff, quien fue de parecer de confirmar la sentencia apelada en todas sus partes.
Fuente: Prensa Poder Judicial.