La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de Juana Calfunao Paillalef, un hijo y un nieto de la lonko mapuche, y que ordenó investigar las agresiones que habrían sufrido enero pasado.
En fallo dividido (causa rol 6.817-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Andrea Muñoz, Jorge Dahm y el abogado (i) Jaime Rodríguez– ratificó la sentencia que acogió la acción cautelar presentada y ordenó remitir todos los antecedentes al Ministerio Público, para que se investiguen los hechos ocurridos el 27 y 28 de enero pasado en la propiedad de Juana Calfunao.
“Que de los antecedentes allegados a este recurso, es posible concluir que toda la secuencia de hechos constatados, se inicia con el derribamiento de un árbol en la vía pública -reconocido por los recurrentes- y que luego de la intervención policial se producen hechos que podrían revestir caracteres de delitos, acción de investigación de la cual carecen los Tribunales de Justicia y que deben ser averiguados por el órgano persecutor competente, esto es, el Ministerio Público. Que por otra parte, existiendo una medida cautelar emanada de un Tribunal Internacional que obliga al Estado chileno a ser cumplida, esta Corte acogerá el recurso a fin de que se investiguen todos los hechos por el organismo que corresponda”, establece el fallo de la Corte de Temuco.
“SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por el Instituto de Derechos Humanos, sólo en cuanto se ordena remitir todos estos antecedentes al Ministerio Público Regional, a fin de que se investiguen todos los hechos ocurridos los días 27 y 28 de enero último, en la propiedad de doña Juana Calfunao”, concluye.
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Juica, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo.
Fuente: Prensa Poder Judicial.