La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el homicidio calificado de Ricardo Solari Longo, ilícito perpetrado el 1 de enero de 1974, en las inmediaciones de la embajada Argentina, en la Región Metropolitana.
En fallo dividido (causa rol 11893-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Carlos Cerda– condenó a la pena de 3 años de presidio al suboficial de Carabineros en retiro Heriberto Flores Müller.
Además, en el aspecto civil, se ordena al fisco pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a cada una de las tres hijas de la víctima, las que presentaron demanda.
De acuerdo a los antecedentes de la investigación, se logró determinar que, en horas de la noche del 1 de enero de 1974, Ricardo Aldo Solari Longo caminaba por Avenida Vicuña Mackenna, en las inmediaciones de la embajada de Argentina, traspasando las vallas papales que cercaban el perímetro de la sede diplomática, lo que motiva que el Carabinero que se encontraba de guardia, al ver que la víctima no se detenía, supone que deseaba hacer ingresó a la embajada trasandina y le dispara, impactando a Solari Longo en el cuerpo, haciéndolo caer al suelo. El herido, fue trasladado a la Posta Central, “donde finalmente fallece a causa de herida a bala transfixiante braquio torácica izquierda”.
“(…), si bien en el caso no se trata de un preso o detenido, si dice relación con una persona que no respeta una prohibición que Carabineros habría establecido como resguardo de una sede diplomática y por el contrario, decide vulnerar el cerco perimetral que rodeaba la embajada de Argentina, lo que motiva al encausado hacer uso de su arma de servicio, previo a efectuar las intimaciones para que se detuviera mediante voces de alerta, esto es, el agente cumple con el ineludible deber de ejercer sus funciones, pero sin que se acredite que hubo una necesidad racional de hacer uso del arma para lograr detener al infractor, motivo el cual se descarta su conducta como eximente y se la considera como simple atenuante”, agrega la resolución.
La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Dolmestch y Künsemüller, quienes fueron partidarios de acoger la atenuante de la media prescripción.
Fuente: Prensa Corte Suprema.