La Corte Suprema rechazó un recurso de amparo económico presentado en contra de la Corporación de Fomento a la Producción (Corfo) por la negativa a seguir otorgando financiamiento a un proyecto de innovación en la región de Arica Parinacota.
En fallo unánime (rol 95.083-2016) la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por las ministras Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, los ministros Ricardo Blanco, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Arturo Prado- rechazó la acción presentada por la Sociedad de Inversiones Pampa Lirima en contra de la de decisión que puso fin al financiamiento del proyecto “Prototipo de Planta Procesadora Multipropósito de Minerales para Yacimientos Polimetálicos o de Baja Ley”.
La sentencia establece que el recurso de amparo económico no es la vía legal para recurrir ante un eventual incumplimiento de los términos del contrato entre ambas partes.
“Que en efecto y en el contexto descrito, cabe concluir que la situación planteada a través del presente recurso versa sobre un conflicto de carácter contractual y acerca de la trascendencia que a los incumplimientos que ambas partes se reprochan de forma mutua debe ser dado, lo que necesariamente debe ser sometido a conocimiento de los jueces del fondo y resuelta en el procedimiento judicial correspondiente, en un proceso de lato conocimiento, que asegure la adecuada producción de pruebas y respete el derecho de las partes a un debido proceso legal”.
Fuente: Prensa Poder Judicial.