Santiago, 25 de noviembre de 2022. En relación la decisión del Tribunal Constitucional de respaldar la facultad de la Superintendencia de Servicios Sanitarios de establecer varias infracciones por la suspensión de servicio registrada en 2019 en Osorno, aclaramos que:
- El objetivo era someter a la consideración del tribunal si la norma legal aplicable en el juicio de reclamo de multa y que habilitó a la SISS para imponer distintas multas por un mismo hecho o corte de suministro, era o no contraria a la Constitución. Esto fue lo que se resolvió recientemente donde -en un fallo dividido- el tribunal decidió que en este caso no había vulneración a la Constitución.
- Es importante aclarar que el juicio de reclamo de multa no ha finalizado y que se encuentra en sus etapas iniciales ante el Juzgado Civil competente, donde aún no existe sentencia definitiva de primera instancia. El requerimiento ante el TC sólo tuvo el efecto de suspender esa tramitación, por lo que el litigio de reclamo sigue su curso.
- La acción legal presentada al TC fue realizada por la empresa sancionada, Essal, a través de sus abogados quienes actuaron con mandatos otorgados por dicha sanitaria, aun cuando el proceso sigue siendo de cargo del antiguo controlador por ser un hecho ocurrido durante esa administración.
Reiteramos nuestro total compromiso con las instituciones y el respeto a los fallos de los Tribunales de Justicia, instancias en las que -como siempre- aportaremos con todos los antecedentes que sean necesarios para la correcta decisión de este reclamo.
Fuente: EK.