En relación con la reciente decisión de la Corte de Apelaciones de ratificar la decisión del CNTV, en cuanto a que la publicidad de las plataformas de apuestas en línea debe respetar el horario de protección de menores, queremos expresar nuestra posición.
Si bien no compartimos la interpretación de la Corte de Apelaciones, la cual es totalmente opuesta al criterio establecido por el Ministerio Público, consideramos que por tratarse, las plataformas de apuestas en línea y su publicidad, de una actividad no regulada; corresponde que se rija por las reglas generales y, por tanto, está sujeta a la competencia del CNTV.
Paralelamente, relevamos la necesidad urgente de contar una regulación para las plataformas de apuestas en línea y su publicidad, que contemple los estándares internacionales para resguardar a los usuarios, así como también dar la debida protección a los menores.
En este contexto, mientras no exista una regulación específica para esta industria, entendemos y respetamos que el criterio del CNTV, ratificado por la Corte de Apelaciones, debe prevalecer.
Seguimos comprometidos con la colaboración y el diálogo con las autoridades competentes para avanzar hacia una regulación adecuada que brinde certeza y seguridad a los usuarios de las plataformas de apuestas en línea, como a los operadores.
Fuente: Parla.