· Defensor de la Niñez advierte condición de vulnerabilidad en la que quedarían niños, niñas y adolescentes sin acceso a derechos sociales establecidos tanto en la Constitución, la Ley de Garantías, en la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales suscritos por Chile.
Santiago, 29 de noviembre de 2024.- El Defensor de la Niñez, Anuar Quesille, manifestó un fuerte rechazo a los textos que excluyen por condición migratoria a niños, niñas y adolescentes en el acceso a derechos sociales, como son la educación y la salud, luego que esta semana fuera aprobado en general por la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que modifica y endurece la Ley de Migración y Extranjería.
La Defensoría de la Niñez, en el marco de su mandato legal, remitió en los últimos meses una serie de recomendaciones a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputadas y Diputados, en torno al proyecto de ley que modifica la actual normativa de Migración y Extranjería, a través de oficios y exposiciones, donde alertó que los niños, niñas y adolescentes en contexto de movilidad humana tienen los mismos derechos que cualquier niño que se encuentra en el territorio nacional, además de otros derechos sociales específicos derivados de su situación migratoria, cuyo goce pueden verse dificultados. Si bien en la discusión parlamentaria se incluyeron cuestiones levantadas por la Defensoría de la Niñez, tales como la inclusión del interés superior del niño en las medidas de expulsión de los padres, madres o cuidadores, alerta sobre otras temáticas que podrían infringir normativa nacional e internacional.
El proyecto de ley considera una serie de factores para la determinación de prioridad en los cupos en los establecimientos educacionales, pero para la Defensoría de la Niñez debe prevalecer el mandato legal, conforme al cual la situación de movilidad requiere protección reforzada. “La solución a la problemática de los cupos y matrículas responde a una política pública educacional, donde no se puede incurrir en una discriminación arbitraria, ya que todos los niños, niñas y adolescentes, sin excepción, tienen el derecho básico a educarse, lo cual es mandatado por la misma Constitución Política de la República, la Ley de Garantías y los tratados internacionales vigentes en Chile”, indicó Quesille.
“La Ley de Garantías y Protección Integral de la Niñez y Adolescencia vigente desde hace unos años en el país, establece claramente que el Estado debe adoptar todas las medidas administrativas, legislativas o de otro carácter, para la defensa y protección, particular y reforzada, de los derechos de los niños, niñas y adolescentes provenientes de grupos sociales específicos, entre ellos la niñez y adolescencia migrante, y que además refuerza su derecho a no ser discriminado en razón de su estatus migratorio” agrego Anuar Quesille.
Por otro lado, la Defensoría de la Niñez también alertó que el derecho al acceso a la salud no puede quedar supeditado al enrolamiento efectivo, ya que esta norma no puede obstaculizar el derecho de toda persona, incluyendo niños, niñas y adolescentes a ser atendidos en un establecimiento de salud, cuestión que será relevada en la segunda etapa de tramitación legislativa.
“Excluir a los niños, niñas y adolescentes del derecho a educarse o de acceder a la salud, no solo es una discriminación por su condición de migrante, sino que también, el Estado de Chile no estaría cumpliendo su obligación constitucional de entregar educación y salud a todos los niños que habitan el país. El Estado estaría incumpliendo con lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño. Cuando un niño, o niña no está escolarizado se abre una posibilidad a que esté en la calle, y eso genera una condición de vulnerabilidad”, finalizó el Defensor de la Niñez.
Fuente: Defensoría de la Niñez.