El parlamentario radical explicó que quienes posean una extracción inferior a 5 mil toneladas y que no cuenten con plantas ni depósitos, solo deberán especificar medidas referidas al desmantelamiento, cierre de accesos, señalizaciones y medidas de estabilidad física de depósitos de estériles o botaderos.
Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto presentado por el ejecutivo que modifica la Ley que regula el Cierre de Faenas e instalaciones mineras que, entre otras medidas, introduce ajustes al procedimiento de evaluación de los procesos de cierre y faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería para requerir información geológica básica.
“Este proyecto, que se convertirá en ley, busca promover un ambiente propicio que estimule y posibilite de mejor manera la ejecución de aquellos proyectos que contribuyen al desarrollo y crecimiento, principalmente de la pequeña minería y minería artesanal. Además de fortalecer la institucionalidad en esta materia”, explicó el diputado Espinosa, representante del distrito minero más grande del país.
El parlamentario radical valoró principalmente la simplificación en los antecedentes que deben presentar empresas mineras cuya extracción sea inferior a 5.000 toneladas en sus planes de cierre. Diferenciando entre los que carezcan plantas de producción, depósito de relaves o ripios de lixiviación, quienes deberán presentar una declaración que contenga los antecedentes relativos a la individualización de la faena minera y de la empresa minera, y que especifique las medidas de cierre referidas sólo al desmantelamiento, cierre de accesos, señalizaciones y medidas de estabilidad física de depósitos de estériles o botaderos.
“Con esta modificación cumplimos con la necesidad que nos plantearon las asociaciones de mineros artesanales en las sesiones de la Comisión de Minería, debido a que la legislación actual solicita la aprobación previa del plan de cierre por parte de la autoridad, situación que a todas luces desconoce la realidad de operación que se observa en la pequeña minería y es contraria al ejercicio histórico de libre emprendimiento que ha caracterizado a la actividad minera”, explicó el diputado.
El congresista destacó además la indicación que establece libre acceso al Archivo Nacional Geológico y Minero, cuya elaboración compete al Sernageomin, a favor de toda persona que acredite una capacidad de extracción de mineral inferior a las 5.000 toneladas brutas mensuales y se encuentre debidamente empadronado ante la ENAMI.
“Esta iniciativa entregará información muy útil para el desarrollo de la pequeña minería, debido a que se reducirán costos y porque además se complementa con las modificaciones con el requerimiento de la información geológica básica que podrá realizar el Sernageomin como muestras, mapas, levantamientos, tablas o estudios, obtenidos de los trabajos de exploración geológica básica”, concluyó diciendo el diputado.