Durante la mañana de este miércoles 6 de marzo fue aprobado en primer trámite constitucional el proyecto de ley “Consultorio Seguro”, el cual modifica el Código Penal para establecer penas más severas para quienes agredan a funcionarios de los servicios de salud.
Por unanimidad de 149 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto iniciado en moción, que modifica el Código Penal para establecer un tipo especial de lesiones contra los trabajadores.
El proyecto, cuyo informe fue rendido ante el Hemiciclo por el diputado Juan Antonio Coloma Álamos (UDI), consiste en dar una protección penal especial, que pasa por elevar las sanciones penales en casos de lesiones, en relación al delito común.
El Ministro de Salud, Doctor Emilio Santelices, estuvo en el Congreso junto a la Presidenta de la Confusam, Gabriela Flores, asistiendo a esta histórica sesión que marca un hito en la defensa de la integridad de los trabajadores de la salud del país.
“En el día de hoy, por unanimidad la Cámara de Diputados aprobó en su primer trámite el proyecto de ley que incluye el Consultorio Seguro. Estamos muy contentos de dar cumplimiento a un anhelo que nos permite resguardar de mejor forma a los pacientes y a los trabajadores de la salud. Los segundos, muchas veces en el ejercicio de sus funciones se ven amedrentados por delincuentes que les imposibilitan hacer de manera adecuada su importante y valioso trabajo en favor de los chilenos”, señaló el Ministro Santelices.
La propuesta parlamentaria busca castigar al que hiera, golpee o maltrate de obra a un funcionario o trabajador de un servicio de salud, o a un docente, personal asistente de la educación o manipuladoras de alimentos que presten servicios en establecimientos educacionales prebásicos, básicos y medio, en instituciones reconocidas por el Estado, en el ejercicio propio de su cargo, o con ocasión de él.
Se propone aplicar una pena de presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años) si debido a las lesiones el afectado queda demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme. Con presidio menor en su grado medio a máximo (desde 541 días a cinco años) se castigará si las lesiones producen al funcionario enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días. Y con presidio menor en grado mínimo a medio (desde 61 días a tres años y un día), si son causadas lesiones menos graves.
El texto también señala que el agresor será multado de 11 a 20 UTM o con la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, lo último si causa lesiones leves o no se produce daño alguno.
Además de las penas recién mencionadas, el juez podrá decretar, como pena accesoria, la asistencia a programas de rehabilitación, presentes o futuros, para maltratadores, o bien el cumplimiento de un servicio comunitario por el plazo que prudencialmente determine, que no podrá exceder de sesenta días, debiendo las instituciones respectivas dar cuenta sobre el cumplimiento efectivo de dichas penas ante el tribunal.
Asimismo, el juez podrá decretar, como penas o medidas accesorias, la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar al que el agredido concurra o visite habitualmente. También se determina la prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el decomiso de armas de fuego, y además la asistencia obligatoria a programas de tratamiento para la rehabilitación del consumo problemático de drogas o alcohol, si ello corresponde.
La propuesta también avanza en modificaciones en la Ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
En este último marco, se indica que la autoridad del establecimiento podrá requerir a quien corresponda los medios de seguridad adecuados para asegurar el normal desenvolvimiento de las actividades desarrolladas en el recinto, impidiendo el acceso de la o las personas que porten armas o artefactos incendiarios.
Para dichos efectos, podrá disponer en cada uno de sus accesos de dispositivos de detección de metales o de un arco detector de metales. También se deberá requerir el auxilio de la fuerza pública en casos de indicios graves que permitan presumir respecto de una o más de las personas que se encuentran en el establecimiento que pudieran atentar contra la vida o la integridad de los miembros del equipo de salud, con la finalidad de restaurar el normal desenvolvimiento de las actividades del establecimiento.
Si el tribunal decretase una medida cautelar que impide el acceso del imputado al establecimiento de salud, no se considerará que aquel incurre en quebrantamiento de la misma si ingresa cuando exista un peligro grave para su vida o salud.
Una vez que dicho peligro grave deje de existir, el imputado deberá ser trasladado inmediatamente a otro establecimiento de salud, si corresponde. La autoridad del establecimiento levantará un acta de todo lo obrado, la que deberá remitir en el más breve plazo al Ministerio Público.
Luego, se indica que los integrantes del equipo de salud y los trabajadores de los establecimientos de salud de prestadores institucionales que, con motivo del desempeño de funciones fuesen objeto de atentados a su integridad física o psicológica u objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos por parte de pacientes u otros, podrán exigir, mediante una solicitud escrita dirigida a la autoridad del establecimiento, que dicho prestador les proporcione los mecanismos de defensa jurídica adecuados para el ejercicio de las acciones civiles y penales correspondientes.
La iniciativa, aprobada conforme al texto propuesto por la Comisión de Constitución, fue impulsada por el diputado Mario Venegas (DC) junto los legisladores/as Jaime Bellolio (UDI), Cristina Girardi (PPD), María José Hoffmann (UDI), Hugo Rey (RN), Camila Rojas (IND), Juan Santana (PS), Diego Schalper (RN), Camila Vallejo (PC) y Gonzalo Winter (IND).
Cabe recordar que en su pasada Cuenta Pública, el Presidente Sebastián Piñera indicó que la salud es uno de los temas prioritarios de su Gobierno. Y considerando que desde hace tiempo se venían arrastrando las agresiones a funcionarios de la salud (que en 2018 fueron más de un centenar), en junio del año pasado fue firmado un acuerdo tripartito entre el Ministerio de Salud, la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) y la Confederación Nacional de la Salud Municipal (Confusam) para establecer una agenda de trabajo conjunta
Lo anterior también motivó la presentación del proyecto de ley en proceso.
Cabe destacar que durante 2018, el Ministerio de Salud ha efectuado varias acciones para terminar con este problema, entre las que destacan las siguientes:
-Se desarrolló un protocolo de actuación estandarizado frente a agresiones, que permite a las autoridades presentar los hechos.
-El 4 de abril de 2018, el Ministro de Salud aprobó la Resolución exenta 408 que estableció el protocolo antes mencionado.
-Está en funcionamiento una Mesa de Seguridad en Concepción.
-Implementación de botones de alerta en algunos consultorios que se identifiquen como más vulnerables a agresiones. Este catastro de establecimientos se hizo a partir de los resultados que entregó la encuesta sobre agresiones a funcionarios, que se realizó en 2018.
-En 2018 fue se incorporado el primer sistema de “Botón de alerta” en el Cesfam Víctor Manuel Fernández, de Concepción. Es un dispositivo de fácil uso, que alerta a los equipos de seguridad ante una posible agresión a funcionarios y pacientes en el recinto de salud. El nuevo sistema incluyó 80 botones distribuidos en boxes de atención y en áreas abiertas al público, además de otros cinco botones incorporados en relojes entregados a personal de seguridad estratégicamente ubicados al interior del recinto y capacitados para entregar asistencia oportuna a los afectados.
Fuente: Minsal.