- Es una de las conclusiones del boletín complementario COVID-19 de la Encuesta de Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra en el período agosto-noviembre del año pasado, publicado esta mañana por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Dos de cada diez empresas (22,3%) registraron trabajadores suspendidos por efecto de la Ley de Protección al Empleo en noviembre de 2020,, ya sea por pacto o por acto de autoridad, cubriendo al 2,9% de los trabajadores contratados por las empresas formales de cinco o más trabajadores en el país. Ese es uno de los principales resultados del boletín complementario COVID-19 de la Encuesta de Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra del período agosto-noviembre de 2020, una cifra 6,9 puntos porcentuales (pp.) por debajo del nivel más alto alcanzado en agosto.
Los sectores económicos que registraron mayores porcentajes de empresas con suspensiones de contrato en noviembre fueron alojamiento y servicio de comidas (81,3%), servicios administrativos y de apoyo (37,3%) y actividades artísticas y recreativas (36,0%). Los sectores económicos con un mayor porcentaje de trabajadores suspendidos fueron actividades artísticas y recreativas (32,5%) y alojamiento y servicio de comidas (29,1%).
En el mismo mes, uno de cada cinco trabajadores (20,8%) realizó labores a distancia o bajo la modalidad de teletrabajo. Esta modalidad de trabajo se concentra en los trabajadores de los sectores de enseñanza (75,4%), suministro de electricidad y gas (56,7%), información y comunicaciones (46,7%) y actividades financieras y de seguros (42,4%).
Los resultados completos están disponibles en www.ine.cl
Nota:
El presente boletín busca registrar los cambios coyunturales provocados por efecto de la pandemia de COVID-19 y de las medidas aplicadas por la autoridad sobre el mercado laboral formal (Ley N° 21.227 o Ley de Protección al Empleo). Con este objetivo, desde el mes de referencia de abril de 2020, a la Encuesta Mensual de Remuneraciones se le ha añadido un formulario autoaplicado denominado “Módulo COVID-19”, con la intención de conocer los impactos sobre el número de puestos de trabajo en las empresas formales con cinco o más trabajadores, sobre la implementación de medidas y modalidades de trabajo, como el trabajo remoto y las reducciones de jornada, entre otros aspectos.
Finalmente, este boletín será publicado por el INE de forma bimestral mientras dure la emergencia sanitaria derivada del COVID-19, con el fin de disponer de más información a la ciudadanía sobre los efectos de la pandemia en el mercado del trabajo y de las medidas de protección al empleo adoptadas.
Fuente: INE.