Mientras el académico de la Escuela de Psicología de la Usach, Dr. Sergio González, sostuvo que el escaso respeto a las medidas restrictivas se debe, entre otros factores, a un “lento proceso de toma de conciencia” y un discurso ambivalente por parte de las autoridades, el experto en derecho penal del mismo plantel, Jorge Boldt, señaló que para que los jueces puedan establecer penas como prisión preventiva, se requerirían agravantes como la reincidencia en circunstancias similares. No obstante, la pandemia del COVID-19 sería una circunstancia excepcional.
Con firma mensual y arraigo nacional quedaron tres personas detenidas por organizar una fiesta clandestina en Santiago, lo que provocó críticas por lo bajo de las penas. Para la alcaldesa Evelyn Matthei, los jueces “están siendo indolentes, totalmente irresponsables y, además, ignorantes”.
A juicio del antropólogo y académico de la Escuela de Psicología de la Universidad de Santiago, Dr. Sergio González, el bajo nivel de cumplimiento de la cuarentena y toque de queda, se explica por factores como el exceso de confianza por parte de la población y el discurso poco claro de las autoridades.
“Uno de los motivos tiene que ver con el lento proceso de toma de conciencia ante el nivel de gravedad de la situación. Hubo una especie de negación inicial respecto a la fuerza de la epidemia y el impacto que iba a tener. Existió un exceso de confianza y una baja capacidad de asimilar los impactos, a pesar de las noticias que teníamos desde países como Italia o España, donde el escenario era de una gravedad extrema”, señaló el doctor en psicología y especialista en psicología social.
Como segundo aspecto, el psicólogo apunta que, mientras en los sectores más acomodados se produce un sentimiento de estar “por sobre las normas y por sobre el resto de la población”, cuando el contagio comienza a propagarse hacia la población más vulnerables “que sufre pobreza y hacinamiento, claramente se hace muy difícil decirles quédense en casa cuando no tienen fuentes de trabajo o de generación de ingresos”.
Un tercer factor que explica el bajo respeto a las restricciones, a juicio de González, “fue la comunicación y respuesta errática de las autoridades que, por un lado, llamaban a quedarse en casa y, al mismo tiempo, invitaban a una nueva normalidad y a una recuperación de los espacios laborales, por ejemplo, para los trabajadores de la administración pública”.
En opinión del experto, en Chile “tenemos una población bastante responsable y disciplinada. Somos un país que está acostumbrado a cumplir cierta normativa, siempre y cuando la información que emerge desde las autoridades tenga credibilidad”.
“Claramente el manejo que ha habido aquí ha sido paradojal y lo que se le ha informado a la población ha sido muy ambivalente. Hoy estamos viendo los resultados de ese tipo de comunicación”, subrayó.
¿Qué dice la ley?
Para el abogado y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, Jorge Boldt, el problema no radica en el criterio con que los jueces aplican las sanciones, sino en lo que establece la ley misma.
De acuerdo al máster en derecho penal de la Universidad de Barcelona, para aplicar una prisión preventiva se requiere determinar con pruebas que la persona acusada seguirá cometiendo el mismo delito mientras es procesado.
Sin embargo, explicó que, en infracciones asociadas a la cuarentena, “los delitos son excepcionales”, debido a que no se puede acreditar otro comportamiento similar durante otra pandemia, ya que esta es la única que ha vivido.
Además, agregó que “si tuviéramos un caso en el cual el organizador de la fiesta lo hace por tercera vez, se produce un contagiado y esa persona muere, veríamos al menos formalizaciones por delitos distintos, de lesiones u homicidios”.
“Este es un delito de peligro, de riesgo potencial de afectación a la salud de las personas, pero no, concretamente, una afectación dirigida de parte del autor. Por eso, la pena debe ser más baja”, enfatizó en alusión al caso.
Finalmente, reconoció que los atenuantes generan una “sensación de impunidad”, pero indicó que la ley establece penas en abstracto y para un amplio espectro de delitos. “Si es disuasiva, depende de cada persona”, concluyó.
Fuente: Usach.