El ministro en visita para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, dictó sentencia de primera instancia por el homicidio de Óscar Arros Yáñez, perpetrado el 30 de septiembre de 1975, en Talcahuano.
En la causa, el magistrado condenó al capitán de fragata (r) Arturo Calderón Passalaqua a la pena de 4 años de presidio, en calidad de autor del homicidio del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
De acuerdo a la resolución: “En horas de la madrugada del 30 de septiembre de 1975, en circunstancias que Óscar Segundo Arros Yáñez, militante del MIR, se encontraba detenido en el Estadio El Morro de Talcahuano, a disposición del CIRE, fue transportado vendado y sentado entre los también detenidos Antonio Burgos Chaparro y Juan Francisco Sánchez Dionisio, en la parte trasera o pick up de una camioneta Chevrolet C-10 cerrada, desde el puerto de Talcahuano hacia la ciudad de Lota, siendo custodiado por los funcionarios de la Armada de Chile Luis Alberto Ríos Salamanca y Jorge Arturo Calderón Passalacqua, quien portaba una pistola ametralladora marca MAC M 10 calibre 9 mm y sin mediar provocación alguna de parte de Arros Yáñez, Jorge Arturo Calderón Passalacqua disparó en su contra, impactando la bala en el brazo derecho y luego en el tórax del detenido, ocasionándole una anemia aguda y hemotórax, que le provocó la muerte.
Que, los hechos antes descritos, son constitutivos del delito de homicidio previsto y sancionado en el artículo 391 n° 2 del Código Penal, por cuanto una persona, que portaba un arma de fuego, disparó una bala en contra de otra, la que le causó la muerte, sin existir causal alguna de justificación legal al respecto”.
En el aspecto civil, el ministro Aldana condenó al fisco a pagar la suma total de $140.000.000 (ciento cuarenta millones de pesos) a los familiares de la víctima, suma que se divide en: $80.000.000 (ochenta millones de pesos) para Nelly Neira Castro –cónyuge de la víctima- y $60.000.000 (sesenta millones de pesos) para Eli Arros Neira (hija).
Fuente: Prensa Corte Suprema.