El Juzgado de Garantía de Rancagua, condenó a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a funcionarios de Gendarmería del penal de Rancagua acusados de tormentos y apremios ilegítimos al interior de cárcel de Rancagua el 3 de agosto de 2013.
En procedimiento abreviado el juez Marcelo Albornoz condenó Alejandro Jerez Ojeda, Víctor Hugo Roa Osses, Mario Segundo Campos Fuentealba, José Octavio Acuña Norambuena, Carlos Alberto Casanova Rojas, Alejandro Enrique Morales Bustos, Felipe Guillermo Maturana Contreras, Carlos Audilio Martínez Caullán, Marcelo Adrián Jara Nahuelpi, Jorge Humberto Lobo Jaque, Nicolás Andrés Zamorano Arredondo, Luis Abelardo Ortega Domínguez, Fernando Nicolás Rojas Faúndez, Alexis Luis Madrid Garcés, Federico Idelberto Vásquez Muñoz, Rigoberto Arturo Bravo Paredes, Hugo Andrés Coelho Badilla y Luis Armando Cuervo Pino a la pena antes señalada concediendo el beneficio de remisión condicional de la pena, quedando sujetos sólo a firma mensual por el plazo de un año.
La situación judicial del imputado Marcelo Julián Pinto Olivares quedó pendiente al no allanarse al procedimiento abreviado.
La acusación determinó que: “El día 03 de agosto del año 2013, aproximadamente a las 22:30 horas en circunstancias que los internos del módulo 41 del Complejo Penitenciario de Rancagua, ubicado en La Gonzalina S/N, en la comuna de Rancagua, se encontraba en sus celdas, se produjo un intento de fuga, en virtud de lo cual los internos condenados Luis Ignacio Cabrera Cabrera y Marcelo Ignacio Escobar Baeza, lograron escapar de sus celdas huyendo por el patio y trepando hasta la denominada zona de fuego, momento en que se dieron las alarmas del complejo penitenciario, concurriendo diversos funcionarios de Gendarmería, algunos por fuera del perímetro, otros disparando al aire para detener el intento. En tal situación varios Gendarmes concurrieron a la denominada “zona de fuego” y al ver esto los internos Luis Ignacio Cabrera y Marcelo Ignacio Escobar Baeza, se abrazaron y se lanzaron al suelo llegando hasta dicho lugar los funcionarios de Gendarmería Carlos Martínez Caullán, Jorge Humberto Lobo Jaque, Nicolás Zamorano Arredondo, Luis Alberto Ortega Domínguez, Fernando Rojas Faundez, Luis Alexis Madrid Garcés, Federico Idelberto Vásquez Muñoz, Rigoberto Bravo Paredes y Hugo Cohelo Badilla quienes procedieron sin más a agredir brutalmente a los internos ya referidos con elementos contundentes, golpes de pies y puños. También llegó al lugar el funcionario de Gendarmería Rigoberto Bravo Céspedes quien agredió fuertemente con un palo y diversos golpes a Marcelo Ignacio Escobar Baeza quien fue trasladado y conducido hacia el interior del penal, trayecto en el cual el funcionario Alejandro Morales Bustos le dio un golpe en la cabeza cayendo éste al suelo, siendo derivado al Hospital Penal, al interior de la cárcel, lugar en el cual le diagnosticaron una herida contusa en la región occipital que compromete piel y cuero cabelludo, palpándose depresión en hueso; herida cortante en ceja izquierda, párpado inferior izquierdo y brazo izquierdo que compromete piel y tejido celular sub-cutáneo; equimosis en región escapular y rodilla izquierda sin pronunciamiento en orden al carácter de esas lesiones. Producto de estas lesiones, es derivado al Hospital Regional, lugar en el cual se constatan las mismas lesiones, señalándose presenta lesiones en el cuero cabelludo, policontusión, tec simple, de carácter leve, quedando en observación hasta las 03: 50 horas de la madrugada, para posteriormente ser derivado hasta el Hospital Penal, lugar en el cual queda internado, debido a sus lesiones, hasta el día martes 06/08/2013″.
En tanto respecto de los imputados David Fernando Zúñiga Zúñiga, Héctor Emmanuel Quezada Cáceres, Nimrod Javan Acosta Ulloa, José Luis Meza Guajardo, José Miguel Lizama y Álvaro Andrés Millanao Valenzuela el Ministerio Público decidió aplicar el principio de no perseverar por lo que se dejó sin efecto la formalización en su contra.
Fuente: Prensa Poder Judicial.