- Cambio normativo también eleva las sanciones para quienes adulteren los taxímetros.
Santiago, 12 enero 2021.- Con la finalidad de modernizar el sector e incorporar innovaciones que mejoren el servicio que se entrega a las personas, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) presentó hoy el Plan de Digitalización del Transporte, que permitirá a los taxis básicos y de turismo operar con medios tecnológicos para el cobro de sus tarifas a los usuarios.
“Estamos cumpliendo un objetivo de modernizar los servicios de transporte, para mejorar la calidad que esperan las personas, facilitar las labores de los transportistas y contar con mayores herramientas de fiscalización. Con ese espíritu, modificamos el Decreto Supremo N° 212, para que sea acorde con estos tiempos. Las nuevas tecnologías que podrán utilizar los taxis en sus medios de cobro, deberán comenzar con un plan piloto previamente aprobado por la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) correspondiente, para que como Ministerio nos aseguremos que se ajustan a los estándares establecidos”, explicó la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt.
Dichos planes pilotos pueden operar por un máximo de seis meses y serán prorrogados sólo una vez, por un plazo equivalente. Tras ello, se evaluará su ejecución considerando la calidad del servicio, la percepción de los usuarios, la información del viaje, la disminución de los tiempos de espera, la mayor cobertura, y las mejoras en la tasa de ocupación del vehículo y de seguridad.
El Subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez, explicó que el uso del mecanismo tecnológico para el cobro de tarifa no excluye el uso del taxímetro. “Es el usuario quien decide qué sistema prefiere utilizar. Por ejemplo, cuando las personas no contacten un viaje mediante la plataforma, el conductor deberá informarle que cuenta con taxímetro y la aplicación virtual para que sea el pasajero quién decida cuál de los dos mecanismos tarifarios prefiere utilizar y el conductor deberá respetar el valor final”.
Por último, las plataformas tecnológicas aprobadas deberán ser inscritas en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros y ser informadas en las ventanas laterales traseras, a través de un letrero cuadrangular de un máximo de 10 centímetros por lado.
Adulteración de taxímetro
Actualmente, la Ley de Tránsito estipula que la adulteración del taxímetro es una falta grave, por lo que se arriesgan a multas que van desde 1 a 1,5 UTM ($50.000 a $75.000). Ahora, con la modificación del decreto, “este tipo de situaciones fueron establecidas en el Reglamento de Transporte Público y, en caso de reiteración, se estipula que la eliminación del vehículo del Registro Nacional lo que le impedirá volver a operar como taxi”, precisó la Ministra Hutt.
Adicionalmente, la modificación del Reglamento permitirá solicitar mayor información de los propietarios, responsables legales y conductores, para así mejorar la identificación de los responsables de dichos servicios, poder notificarles cuando hay sanciones o nuevas normativas, a la vez que facilita la identificación por parte de los pasajeros para realizar denuncias, y agiliza la fiscalización por parte de la autoridad.
Fuente: MTT