La Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) realizó un llamado a los empresarios agrícolas para que se cumpla la Ley con los temporeros y trabajadores agrícolas, entregando bloqueador solar y de este modo prevenir los efectos negativos de la radiación solar en la piel. Asimismo, solicitó al gobierno que se realice una campaña de prevención en todas las comunas del país.
El presidente de la Comisión Rural de la AChM, Alcalde de Vichuquén, Román Pavez pidió a los empresarios agrícolas que se cumpla el artículo 184 del Código de Trabajo, que especifica que el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. Subrayó que, “existen una infinidad de labores en los campos y predios agrícolas donde los temporeros y temporeras se exponen más de ocho horas diarias al sol, que sin los elementos bloqueadores, podría afectar gravemente su salud”.
Por su parte, el Alcalde de La Granja y presidente de la Comisión de Salud de la AChM, Felipe Delpin señaló que “los efectos del sol en la piel son acumulativos, generando diversos problemas en la salud. Llamó a cuidarse a las personas que en las grandes ciudades se exponen al sol sin usar ningún elemento que permita bloquear los rayos ultravioleta.
Delpin recalcó que “por problemas de costo, muchas familias no poseen el dinero para comprarse bloqueadores y el Estado debiera proveer en ciertos lugares de dispensadores para que la gente adquiriera una cultura de prevención frente a las enfermedades asociadas a la exposición de los rayos UV”. Subrayó que “la AChM pedirá al gobierno que realice una campaña nacional de prevención para protegerse del sol”.
Según la Ley 20.096 en su Artículo 4°.- Para el adecuado resguardo de la salud de la población frente a los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono, esta ley establece un conjunto de medidas de difusión, prevención y evaluación tendientes a generar y proporcionar información idónea y oportuna a las personas expuestos a riesgo y a estimular conductas seguras frente a éste.
Además, el Artículo 19 señala que, “Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en los artículos 184 del Código del Trabajo y 67 de la ley Nº 16.744, los empleadores deberán adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente a los trabajadores cuando puedan estar expuestos a radiación ultravioleta. Para estos efectos, los contratos de trabajo o reglamentos internos de las empresas, según el caso, deberán especificar el uso de los elementos protectores correspondientes, de conformidad con las disposiciones del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Algunas Labores de temporeros:
· Recolección de frutas, hortalizas y verduras.
· Traslados de productos de la temporada desde el campo hasta el paking
· Podas
· Siembras
· Regadíos
· Raleos
· Amarres
· Transporte de frutas y verduras
De la radiación ultravioleta, el 95% son rayos UVA y el 5% son UVB. Los rayos UVA son los que llegan hasta la dermis profunda provocando las manchas, arrugas y envejecimiento de la piel mientras que los UVB se quedan en la superficie de la piel siendo los responsables de enrojecimientos y quemaduras.
Efectos nocivos del sol en la piel
· Cáncer de piel (melanoma y no melanoma)
· Envejecimiento prematuro de la piel y otros problemas cutáneos
· Cataratas y otras lesiones oculares
· Inhibición del sistema inmunitario
· Quemadura solar. Los rayos UVB pueden producir un eritema o quemadura solar que aparece poco después de la exposición. Su intensidad dependerá del fototipo de piel, siendo el pico máximo a las 24 horas, y su duración puede ser de 1 semana si no se toma más el sol.
· Envejecimiento. Los efectos de las radiaciones son acumulativos, aunque sean exposiciones repetidas de baja intensidad. Arrugas, manchas solares, queratosis actínica (lesión pre cancerosa) aparecen en las zonas expuestas al sol como cara, cuello, manos.
Fuente: Prensa Asociación Chilena de Municipalidades.